Santa Fe: la Convención les pone fin a las reelecciones indefinidas en municipios a partir de 2035
La reforma constitucional limitará a dos los mandatos consecutivos en intendencias y concejos, pero la instrumentación será progresiva. Reloj en cero en 2027.
Santa Fe: la Convención le pone fin a las reelecciones indefinidas en municipios, pero dentro de 10 años
Con amplio consenso político, la Convención de Santa Fe le pondrá fin este lunes a las reelecciones indefinidas en municipios y comunas, pero en el mismo movimiento les garantiza a intendentes, concejales y presidentes comunales la posibilidad de continuar en sus cargos hasta 2035 a través de una compleja ingeniería legal expresada en las cláusulas transitorias, que definen la aplicación coyuntural de la reforma constitucional.
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El nuevo texto de la Carta Magna santafesina ordena en todos los niveles, tanto en cargos ejecutivos como legislativos, la posibilidad máxima de dos mandatos consecutivos. Bloquea, de esa manera, la chance de permanencia indefinida que actualmente poseen todos los espacios electivos salvo los de gobernador y vice.
El asunto está en la modalidad de ejecución inmediata de la reforma. Es decir, cómo se aplica la letra para quienes hoy están ocupando los cargos. Esa determinación clave se establece en las cláusulas transitorias.
Para diputados y senadores provinciales, el punto de inicio se llevó a 2027, lo cual les abre un horizonte de 10 años: los dos que les quedan del mandato en curso, más cuatro contabilizados como primer período y otros cuatro por la eventual reelección. Así, recién en 2035 deberían dejar sus cargos, en el caso de que los acompañe la voluntad popular en el mientras tanto.
Qué pasa en ciudades y pueblos
Este lunes, con correcciones de último momento realizadas en la comisión Redactora que se encaminaban al cierre de esta nota a ser aprobadas por el pleno constituyente, se adoptó el mismo criterio de diputados y senadores a intendentes y concejales. También a los presidentes y a las comisiones de las comunas, que ahora pasarán a llamarse también municipios.
La complejidad para expresar en la redacción este postulado estuvo originado en la ausencia de uniformidad electoral que rige hoy en Santa Fe. Por ejemplo: este año se eligieron 19 intendentes, mientras que en la mayoría de las ciudades se votó ese cargo en 2023.
Además, la nueva Constitución establece que los presidentes comunales, al transformarse ahora en intendentes, pasan de dos a cuatro los años de mandato. Y los Concejos de localidades con menos de 20 mil habitantes, que hasta hoy cambiaban su composición por mitades en elecciones intermedias, a partir de este momento definirán su integración plena en conjunto con los comicios de cargos ejecutivos.
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En consecuencia, hubo que armar un rompecabezas que quedó así:
Titulares de Departamentos Ejecutivos que se elijan en el año 2029 serán electos por un período de seis años, por única vez.
Concejales de municipios con menos de veinte mil habitantes que fueron electos en el año 2025 desempeñarán su mandato hasta el año 2029.
Concejales de municipios con menos de veinte mil habitantes que se elijan en el año 2029 desempeñarán su mandato hasta el año 2031, período que no será considerado a los fines de la aplicación de límites a las reelecciones.
Los mandatos de las autoridades municipales y comunales que se encuentran en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma no son considerados como primer período. Para los titulares de Departamentos Ejecutivos y concejales cuyo mandato comienza en diciembre del año 2025 este será considerado como primer período.
Un pedazo de reforma constitucional con amplio consenso
Tiene lógica: todas las fuerzas partidarias con representación en la constituyente cuentan con intendentes, presidentes comunales y concejales en sus filas.