Entre las múltiples reformas y derogaciones que propone el proyecto “Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos” que el presidente Javier Milei envió al Congreso este miércoles existen numerosos artículos que, de aprobarse, provocarán enormes retrocesos en los derechos de la niñez, de las mujeres y de la población LGBTIQ+.
Ley Micaela
La Ley Micaela es un ejemplo. Se trata de una normativa de 2019, votada por casi toda la Cámara baja –sólo se opuso Alfredo Olmedo– y por unanimidad en el Senado, que obliga al personal de los tres poderes del Estado a capacitarse en perspectiva de género. La “ley ómnibus” del Gobierno propone que la capacitación sea solamente para “las personas que se desempeñen en la función pública en los organismos competentes en la materia” y que la autoridad de aplicación sea el Ministerio de Capital Humano. Se supone que es en esa cartera donde se alojará una “Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género”, según el decreto presidencial 86/2023 publicado en el Boletín Oficial el 27 de diciembre.
Sin embargo, no se sabe aún quién ocupará el cargo, nombre que habían prometido para la semana pasada quienes se acercaron al ex-Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de parte de la ministra Sandra Pettovello.
La Ley Micaela lleva el nombre de Micaela García, en homenaje a la joven entrerriana de 21 años víctima de femicidio el 1° de abril de 2017. Fue violada y asesinada y su cuerpo fue abandonado en unos pastizales junto a la ruta. El femicida Sebastián Wagner había sido condenado a nueve años de prisión por la violación de dos mujeres, pero estaba en libertad condicional por decisión de un juez, a pesar de que el informe criminológico recomendaba no hacerlo. Esa es una de las principales razones por las que la capacitación excede a quienes trabajan en violencia de género.
Mil días
El proyecto propone numerosas reformas a la ley 27.611 de “Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia”, conocida como “Mil Días”. El proyecto fue sancionado por unanimidad de ambas cámaras a fines de 2020 y se plantea proteger, fortalecer y acompañar el cuidado integral de la vida y la salud de “las personas gestantes y las niñas y los niños” en sus primeros tres años. Lo primero que salta a la vista en la “ley ómnibus” es que ya no nombra a las niñas y, en lugar de “mujeres y personas gestantes”, sólo se refiere a “madres”. También omite el objetivo de “prevenir la violencia”, que figura en el artículo 1° de Mil Días.
También queda afuera el artículo 3° sobre los principios rectores, donde dice que se complementan con las leyes 26.061 (de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes) y 26.485 (de Protección Integral para Prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres) “y en los sistemas de protección allí definidos”.
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Tampoco figura el principio de “autonomía progresiva” ni el “respeto a la identidad de género de las personas”. Los cambios en el lenguaje –que implican mucho más que palabras, sobre todo si se trata de una ley– lo que hacen es cambiar los objetivos: ya no hay autonomía de las mujeres, sino “madres embarazadas” y acompañamiento y atención integral de la salud a “los niños desde la concepción" (las niñas, afuera), lo que sin dudas choca con la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), aprobada junto con la de Mil Días.
El cuento de la criada
Otra modificación a la ley 27.611 es la autoridad de aplicación. La aprobada en 2020 encarga al Ministerio de Salud de la Nación y crea una unidad de coordinación administrativa para la atención y el cuidado integral de la salud de las mujeres y personas gestantes durante el embarazo y de sus hijos e hijas hasta los tres (3) años en el que se incluían otros ministerios.
El proyecto de Milei es dejarlo a cargo de la Secretaría de Niñez y Familia del Ministerio de Capital Humano. El encargado del área es Pablo de la Torre, ex secretario de Familia de San Miguel, conocido militante en contra del aborto legal, creador de un “cenizario” en su distrito, un programa que tomaba restos de residuos patológicos vinculados a embarazos no concluidos para enterrarlos en el cementerio local.
El artículo 34 de la Ley 27.611 estipula que “la autoridad de aplicación deberá enviar al Honorable Congreso de la Nación un informe anual con el estado de avance e indicadores respecto de la implementación de la presente ley”. El texto del Ejecutivo deroga este artículo y lo reemplaza así: “La política pública de acompañamiento familiar tiene por objetivo la detección de niños de hasta tres años en situación de vulnerabilidad en todo el territorio argentino para brindarles acompañamiento especializado, tanto a ellos como a sus madres”.
El texto del Ejecutivo sugiere, además, agregar al capítulo 3 la “detección y asistencia a la madre embarazada y su hijo por nacer”, el acompañamiento familiar y el fortalecimiento de la primera infancia. En ese mismo sentido, el proyecto ómnibus propone “brindar a los gobiernos locales bases de datos en conformidad con la Ley N° 25.326 (de Protección de Datos Personales) que les sirvan de fuente y referencia para la detección activa de embarazadas en situación de vulnerabilidad”. Para quienes hayan visto o leído El cuento de la criada, la idea se parece bastante.