El gobierno de Javier Milei giró un anticipo financiero de $220 mil millones para Entre Ríos
A través del Decreto 922/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial, el gobierno de Javier Milei le otorgó un anticipo financiero de $220.000 millones a la provincia de Entre Ríos. Según explicaron fuentes oficiales, el préstamo forma parte del programa diseñado por la cartera de Economía para garantizar liquidez y previsibilidad al desarrollo de la administración pública.
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Voceros de la gestión del gobernador Rogelio Frigerio precisaron que el anticipo había sido acordado previamente con las autoridades nacionales y que debe ser reintegrado a lo largo del ejercicio 2026. Podrá ser precancelado en caso de que “las condiciones financieras sean mejores a las esperadas”.
En los considerandos se explica que el objetivo del anticipo, que es a su vez un préstamo, pasa por “subsanar dificultades financieras transitorias” de la administración entrerriana.
Según precisaron fuentes del gobierno provincial, las razones de la solicitud de financiamiento al Gobierno se enmarcan en "la elevada estacionalidad del gasto durante el primer bimestre del año (pago de aguinaldos y vencimiento del título internacional), la compleja dinámica de recursos observada durante el último trimestre de 2025 y la decisión de clarificar el escenario financiero en el marco del proceso de emisión internacional previsto para principios de 2026”.
Devolución de fondos
La decisión quedó plasmada en el artículo primero de la norma, que consigna: “Dispónese otorgar, en el Ejercicio Fiscal 2026 y a través de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, un anticipo financiero a la Provincia de Entre Ríos por hasta la suma total de pesos doscientos veinte mil millones ($220.000.000.000)”.
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Respecto de la devolución de los fondos, el artículo segundo del decreto faculta a la Secretaría de Hacienda del ministerio de Economía “a disponer la cancelación del anticipo otorgado, con más los intereses que se devenguen calculados sobre la base de la Tasa Mayorista de Argentina (TAMAR), mediante la afectación de la respectiva participación en el régimen de la Ley N° 23.548 (Coparticipación) y sus modificaciones o el que lo sustituya, y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico”.
Más adelante, la norma autoriza a Hacienda “a retener automáticamente los fondos emergentes de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que la sustituya, y de otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado más sus intereses, con el fin de cancelar los fondos que se otorgan con más sus intereses”.