El Gobierno oficializo este lunes la citación a sesiones extraordinarias entre el 20 de enero y el 21 de febrero para debatir la eliminación de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), los pliegos a la Corte Suprema de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla y un paquete de proyectos de seguridad, entre otros temas.
El decreto 23/2025, que firmaron el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, fue publicado en el Boletín Oficial y enviado al Senado para formalizar la convocatoria.
El Gobierno busca la eliminación de las PASO
Uno de los principales temas que el Gobierno quiere abordar es la eliminación de las PASO que se deben realizar en agosto para definir las listas que presentarán los partidos en los comicios de octubre para renovar 127 bancas de la Cámara de Diputados y 24 del Senado.
Con la formalización de la convocatoria al período extraordinario, Diputados deberá armar una agenda para que las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia traten la reforma electoral, que tiene como punto central la derogación de las PASO.
Para poder lograr su objetivo el oficialismo debe alcanzar acuerdos con los bloques opositores. Esta semana Francos avanzará con conversaciones, en primera instancia, con los bloques aliados del PRO y la UCR.
La sanción del proyecto de reforma electoral requiere una mayoría agravada de 129 votos en la Cámara de Diputados y 37 en el Senado, con lo cual necesita el respaldo de las bancadas de bloques aliados y de al menos un sector de Unión por la Patria.
La nueva versión de Ficha Limpia que impulsa el Gobierno
Se incluye un nuevo proyecto de Ficha Limpia para evitar que puedan ser candidatos electivos los dirigentes condenadas en segunda instancia por casos de corrupción que deberá ser enviado por el Poder Ejecutivo.
Tras la falta de cuórum para tratar el proyecto en la Cámara de Diputados, Milei se había comunicado con la diputada del PRO Silvia Lospennato, autora del proyecto, para "participar en y promover la elaboración" de una nueva versión de la norma.
“El Presidente está de acuerdo con Ficha Limpia, con un proyecto que se acuerde y sirva para todos los casos, y que no se tome exclusivamente como algo contra la expresidenta, que no pueda estimarse o tomarse como una proscripción de alguien en particular. No está hecho ficha limpia contra Cristina Kirchner, es una norma para todos”, había explicado Francos en radio Mitre hace más de un mes.
Ley Antimafia
En cuanto al resto del temario vinculado al paquete de proyectos de Seguridad, la ley Antimafia para combatir el crimen organizado y el narcotráfico, que tiene sanción de Diputados y dictamen de comisión en el Senado, con lo cual se podría tratar en la cámara alta.
Las reformas del Código Penal propuestas en el proyecto sobre crimen organizado se aplicarán en delitos que involucren el narcotráfico, lavado de dinero, de personas, tráfico de órganos, tenencia ilegal de armas y explosivos.
Una de las modificaciones que se contempla es una pena de 8 a 20 años de prisión o reclusión, por la mera pertenencia a la asociación ilícita que cometa ese delito. En ese sentido, se establece que la pena por el delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho también se aplicará a todos los miembros de la organización solamente por pertenecer a ella.
Reincidencia
Otro de los proyectos que quiere aprobar el oficialismo es la reforma del Código Procesal Penal sobre Reincidencia para evitar la puerta giratoria de los delincuentes, cuando ya tienen otros procesos por otros delitos.
Esa propuesta tiene dictamen de comisión y no se pudo debatir porque estaba incluida en la misma sesión convocada para debatir el proyecto de Ficha Limpia, que no tuvo quórum porque no asistieron legisladores libertarios ni bloques que acompañan al oficialismo. El despacho establece que si alguien está procesado y se comete un nuevo delito, se proceda a la detención, al modificarse el concepto de reincidencia por reiterancia para terminar con la denominada "puerta giratoria".
La iniciativa modifica el artículo 17 del Código Penal y establece que "las medidas restrictivas de la libertad solo podrán fundarse en la existencia de peligro real de fuga, de obstaculización de la investigación o de reiterancia delictiva, consistente en la imputación en una causa penal en forma coexistente con otro u otros procesos en los que la misma persona hubiera sido imputada".
Juicio en Ausencia
En el temario se incluyó una reforma del Código Procesal Penal para implementar el Juicio en Ausencia que se podría aplicar para los acusados iraníes y libaneses del atentado terrorista a la sede de la AMIA, que tiene despacho de las comisiones de Legislación Penal y Justicia.
El proyecto que tiene dictamen de comisión permitirá juzgar a funcionarios del gobierno iraní acusados de ser los autores intelectuales y a los libaneses de Hezbollhá señalados por haber organizado el atentado que causó 85 muertos.
Argentina había pedido la extradición del ex ministro de Defensa Ahamad Vahidi; del ex ministro de Seguridad Alí Fallhijan; del ex ministro de Seguridad, del ministro de Economía y ex comandante de la Guardia Revolucionaria, Mohsen Rezai; del ex agregado cultural de la embajada de Irán en Buenos Aires, Moshen Rabbani; y del ex secretario de esa sede diplomática Ahmad Reza Ashgari.
Este criterio de juzgamiento sin el imputado presente durante el juicio será válido para delitos de lesa humanidad, terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. El juicio en ausencia sólo procederá cuando se hubieran cumplido una serie de requisitos, como por ejemplo que el imputado declarado rebelde, "conociendo la existencia del proceso en su contra no se presentare, no respondiere, no acatare o eludiere los requerimientos de la autoridad judicial".
También si "se hubieren hecho intentos razonables por tenerlo a derecho" durante cuatro meses "desde el dictado de una orden de captura nacional o internacional", sin poder dar con su paradero.
Además, se aplicaría el juicio en ausencia si "el requerimiento de extradición formulado por la República Argentina a un país extranjero ha sido denegado o no ha tenido respuesta en el plazo establecido, siempre que el Poder Ejecutivo Nacional no hubiese admitido el juzgamiento en aquel país".