La Secretaria de Legal y Técnica, Vilma Ibarra, defendió el proyecto oficial enviado al Congreso para regular las restricciones que impone la evolución de la pandemia y aseguró que no faculta con superpoderes al presidente Alberto Fernández, pero anticipó que la ley establece la suspensión automática de las clases presenciales en los distritos con más de 300 mil habitantes que se declaren en alarma epidemiológica.
“Si un departamento de más de 300 mil personas queda en alarma epidemiológica se suspende automáticamente la presencialidad de las clases y se pasa a modalidad virtual”, explicó Ibarra en declaraciones a TN y enfatizó: "No son superpoderes". Según Ibarra, “el proyecto no pide más poderes, casi diría que es al revés”.
Casi al mismo tiempo que la iniciativa oficial ingresaba al Senado, la funcionaria tomó contacto con una de las pantallas más críticas del gobierno del Frente de Todos para fijar posición y rechazar las críticas de la oposición, que considera que el debate en ciernes por el proyecto es otra etapa del conflicto político y judicial que mantuvo el jefe de gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta con la Casa Rosada por la suspensión de las clases presenciales. “Acá hay un proyecto de ley muy equilibrado y razonable en el marco de una pandemia que tensiona el sistema de salud”, dijo.
“Proponemos parámetros objetivos: número de contagios, velocidad de crecimiento de contagios y situación de camas de terapia intensiva. Se dividen los lugares en bajo, mediano y alto riesgo epidemiológico y se establece un estado de alarma donde se ve afectado el sistema de salud”, detalló.
El Ejecutivo envió al Congreso este lunes el proyecto para establecer por ley los criterios epidemiológicos por los cuales deberán regirse las medidas y restricciones ante la pandemia en las distintas jurisdicciones, que clasificó en Bajo, Medio, Alto riesgo o Alarma sanitaria. Según fuentes oficiales, el debate parlamentario permitirá analizar en profundidad los parámetros propuestos y los legisladores podrán proponer otros.
"Algo que es novedoso en la ley: las medidas que se adopten deben chequearse en 20 días para ver si mejoraron las curvas epidemiológicas y recién allí puede intervenir el Gobierno”, señaló Ibarra en la entrevista.
Respecto de las clases presenciales, la iniciativa faculta al Poder Ejecutivo a disponer la suspensión únicamente para los lugares de Alarma epidemiológica conforme los lineamientos del fallo de la Corte Suprema que la semana anterior dio la razón al gobierno porteño para mantener la presencialidad en la Ciudad. Prevé además que, previa consulta con la provincias, el Poder Ejecutivo podrá morigerar o dejar sin efecto esa restricción.
“Tenemos una política pública que es vacunar. Hay más de 12 millones de dosis en la Argentina, pero se viene el invierno y hay lugares del país donde hay una tensión en el sistema de salud. No solo eso, sino que cuando los contagios son muy altos, sube la cantidad de muertes. No podemos normalizar los muertos de la pandemia”, dijo Ibarra.