TARJETA ROJA

La Corte Suprema determinó que Sergio Uñac está inhabilitado para ser candidato a gobernador

El fallo contó con las firmas de los cortesanos Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, en línea con el dictamen del procurador Eduardo Casal.

Finalmente, fue tarjeta roja. El gobernador de San Juan, Sergio Uñac, quedó inhabilitado por la Corte Suprema de Justicia para ir por la reelección en las próximas elecciones. El fallo contó con las firmas de Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda; y el voto concurrente de Carlos Rosenkrantz. Por su parte, Ricardo Lorenzetti no votó por no haber intervenido en la cautelar qué pidió la medida. De este modo, el mandatario sanjuanino quedó fuera de carrera para aspirar a un tercer periodo al frente de la provincia pese a que el 14 de mayo último, tras las elecciones legislativas y municipales, había señalado que solo estaba "suspendido" para competir: "Me sacaron tarjeta amarilla, no roja", dijo aquel domingo. Este jueves el máximo tribunal lo mandó a los vestuarios.

El máximo tribunal se pronunció este jueves en el mismo sentido que lo había hecho el procurador interino Eduardo Casal, quien consideró que candidatura de Uñac violaba el artículo 175 de la Constitución de San Juan. Ese artículo de la Constitución sanjuanina, establece: "El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces".

El máximo tribunal, en la parte resolutiva del fallo de 51 páginas, señaló que "de conformidad con la conclusión del dictamen del señor Procurador General de la Nación interino (Eduardo Casal), se hace lugar a la demanda y se declara la inhabilitación del ciudadano Sergio Mauricio Uñac para competir por el cargo de gobernador en las próximas elecciones a celebrarse en la provincia de San Juan".

Este miércoles, Uñac había reclamado que el tribunal se expresara con celeridad sobre su caso, mientras mantenía su postulación, algo que ahora deberá cambiar.

Uñac fue vicegobernador entre 2011 y 2015 y gobernador dos veces, desde 2015 hasta la actualidad.

Al analizar la cuestión ya de fondo y no como medida cautelar que fallaron inicialmente, la Corte señala que "la propia" provincia "afirma que la candidatura de Uñac para un nuevo mandato a gobernador (2023-2027) solo puede fundarse en una interpretación del artículo 175 de la Constitución provincial según la cual el límite de tres mandatos consecutivos rige exclusivamente para el mismo cargo".

"Ello significaría que Uñac podría desempeñarse como gobernador y vicegobernador de manera consecutiva e indefinida. Así, una persona podría ejercer el mismo cargo durante uno, dos o tres mandatos consecutivos e inmediatamente después desempeñar el otro cargo del binomio también por uno, dos, o tres mandatos consecutivos, repitiendo el ciclo de manera indefinida", y eso, señaló la Corte "se encuentra en franca contraposición con la pauta republicana consagrada en el artículo 5° de la Constitución Nacional".

"La provincia asevera además que la alternancia republicana se encuentra asegurada pues su Constitución establece un límite de tres mandatos consecutivos para gobernador y tres mandatos para vicegobernador. Sin embargo, la invocación de ese límite máximo de seis mandatos resulta dogmático pues no ofrece ninguna razón que lo sustente", resumió al fallar por la inhabilitación a la nueva candidatura de Uñac.

"Ocupar cargos de la mayor relevancia política e institucional, tales como el de gobernador y vicegobernador de una provincia argentina, supone el control de una serie de resortes estatales, variables en su concreta configuración pero fáciles de advertir, que brindan a dichos funcionarios una significativa ventaja a la hora de enfrentar una contienda electora", señaló en su voto Rosenkratz.

"Las reelecciones sucesivas múltiples —potencialmente indefinidas— conspiran contra esta finalidad propia del Estado de Derecho ideado por nuestros constituyentes, por cuanto, dado el modo de funcionamiento de nuestras instituciones, la perpetuación en el poder erosiona el principio de separación de poderes y la existencia de un sistema político abierto en el que los ciudadanos puedan aspirar a acceder a los cargos públicos en condiciones generales de igualdad", concluyó el fallo, que arroja en este párrafo un antecedente inquietante sobre el caso Formosa.

El tribunal tiene en su poder impugnaciones hechas por la candidatura de Gildo Insfrán, quien gobierna desde 1995 y va por otro mandato, luego de que impusiera la prohibición a reelecciones en Tucumán, cuando rechazó la postulación de Juan Manzur, y ahora San Juan.

Comunicado de Uñac

"Como ya lo he dicho, sostengo y sostendré mi respeto a las instituciones del Poder Judicial. Acataré lo que la Justicia dispone. Aunque no comparta, en lo absoluto, una decisión que refleja, de la peor manera posible, la judicialización de la política", escribió el gobernador sanjuanino en un comunicado que difundió cuatro horas después del fallo.

Sin dar pistas de quién será el elegido para reemplazarlo en la boleta, Uñac pateó la definición de cuándo se votará a la categoría a gobernador en la provincia. "No voy a ser cómplice del manoseo de estas elecciones. Por eso quiero dar vuelta esta página y solicitar al Tribunal Electoral de la Provincia que fije rápidamente nueva fecha de elecciones para definir, sin condicionamientos y sin nuevas intromisiones, a los representantes del gobierno de nuestra Provincia por los próximos cuatro años. Lo ratifico: pueden judicializar la política y evitar que se elija democráticamente a un candidato", apuntó.

https://twitter.com/sergiounac/status/1664383955401859074

El gobernador Sergio Uñac en la votación.
El gobernador sanjuanino Sergio Uñac

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