Ya lo habían anticipado en varias de sus intervenciones en el Senado durante la sesión del 29 y 30 de diciembre que trató y aprobó la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Inclusive la senadora Silvia Elías de Pérez lo sostuvo en una conferencia de prensa, previendo la derrota: "Si este proyecto llegara a transformarse en ley, vamos a plantear la inconstitucionalidad".
Desde la Asociación Más Vida, su presidente (también presidente del Partido Celeste) Raúl Magnasco irá en el mismo sentido: advirtió que presentarán un recurso de inconstitucionalidad una vez que esté vigente. Magnasco tiene un largo historial en obstaculizar derechos: ya en 2019 presentó un amparo en Jujuy para frenar una interrupción legal del embarazo y también acompañó a la organización cordobesa Portal de Belén, con un amicus curiae contra el protocolo ILE en esa provincia. Según explicó, la demanda contra la ley 27.610 será presentada en la Justicia Federal, en el fuero contencioso administrativo. Argumentan que "la Constitución Argentina tal como está redactada no permite ninguna normativa que pueda interrumpir el crecimiento de ningún niño, desde la concepción hasta los 18 años".
Dicho y hecho: el 31, cuando todavía no habían empezado los brindis de Año Nuevo, el juez federal de Salta Miguel Antonio Medina, habilitó anticipadamente la feria judicial para tramitar una acción contra el Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo iniciada los primeros días de diciembre por la exsenadora María Cristina Fiore Viñuales del Partido Renovador de Salta. Fiore fue, durante el debate de 2018, una de las más activas militantes en contra del aborto legal y continúa en esa línea ahora que es diputada provincial, busca, con su demanda, una declaración judicial que disponga que "ser humano existe desde el momento de la concepción", como también, que el niño no nacido tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado". Aunque no se trata de una presentación en contra de la ley de IVE sino que se remonta al protocolo que habilita las causales contempladas en el Código Penal, es una muestra de cómo muestran los dientes quienes se oponen al aborto legal y cuáles serán sus estrategias para obstaculizar la aplicación de la norma.
Es decir, por un lado, apuntan a la judicialización a nivel nacional y, por otro, acciones en las justicias provinciales, sobre todo en jurisdicciones en donde ya han tenido éxito relativo con alguna presentación.
La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elízabeth Gómez Alcorta, transmite tranquilidad “en términos de la contundencia y la solidez que tiene la norma, tanto en lo legal, lo constitucional y lo convencional, es decir, el plano de los tratados internacionales”. “La Argentina tiene abortos legales hace 99 años y ninguna Corte Suprema declaró inconstitucional esta práctica". A eso se suma la jurisprudencia que constituye el fallo conocido como F.A.L., de 2012, en el que la Corte convocó a los poderes judiciales de todas las provincias a no judicializar los casos de aborto que la ley no prohíbe. Esto abarca no sólo a los supuestos de violación o cualquier atentado al pudor de mujeres con capacidades mentales disminuidas, sino también los casos en los que está en peligro la vida y la salud de cualquier mujer.
La abogada tucumana Soledad Deza –responsable, entre otras causas emblemáticas, de la liberación de la joven Belén, presa 29 meses por un aborto espontáneo- no se sorprende de la judicialización planeada por los “celestes”. Los antecedentes de presentaciones para oponerse al Programa de Salud Sexual o a la anticoncepción hormonal de emergencia más las que pretenden –y en algunos casos consiguen- obstaculizar las ILEs, son, afirma, intentos para “desarticular derechos conquistados o desmantelar las políticas públicas que los afianzan”. Sin embargo, el activismo antiderechos tiene sus operadores en los poderes judiciales –la admisión de la presentación de Fiore es sólo un ejemplo de muchos- así que está preparada, junto con otras colegas, para dar la pelea.
Efectos inmediatos
Luego de su promulgación, la ley aprobada el 30 de diciembre debería tener algunos efectos inmediatos. El primero, la despenalización. Según un informe publicado por el CELS, hoy en la Argentina hay 1.532 mujeres con causas penales por aborto y 37 por eventos obstétricos en 17 provincias, que con la normativa ya en vigencia, deberían extinguirse de oficio. Es decir que las mujeres encarceladas o acusadas de aborto dentro del primer trimestre deberían ser liberadas y sobreseídas. Lo mismo debería ocurrir con quienes abortaron después de la semana 14, también porque disminuyó la pena y ahora es excarcelable.
Al desaparecer la amenaza penal, también mejorará rápidamente la atención y la situación del personal de salud. En las provincias que no tienen protocolo para interrupciones legales (Formosa, Tucumán, Santiago del Estero, San Juan y Corrientes), quienes realizan la práctica podrán hacerlo sin temor a un castigo judicial.
Quienes se oponen a la norma no sólo hacen uso de las herramientas judiciales sino que, desde los últimos días de 2020 amenazaron a senadoras y senadores que se pronunciaron en las jornadas previas a favor o que se manifestaron en el recinto: desde la legisladora Silvina García Larraburu, a quien le dejaron “cruces de niños muertos” en el jardín de su casa, hasta el salteño Sergio Leavy o el santafesino Roberto Mirabella, quienes tuvieron que abandonar sus domicilios particulares y sesionar desde otras localidades. También activistas por el aborto legal fueron hostigadas con más virulencia, luego de la votación.
Está claro que la sanción de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, como sostuvo Gómez Alcorta, es un punto de llegada y también “un punto de partida”. 2018 fue el año de la despenalización social del aborto, 2020 el de la legalización y este que recién empieza será aquel en el que se haga realidad el derecho de las mujeres a decidir sobre su proyecto de vida y su cuerpo.