Cualquier declaración de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, así como la difusión de encuestas y sondeos preelectorales están prohibidos desde las 8 de la mañana de este viernes cuando comenzó la veda electoral.
El Código Nacional Electoral, regido por la ley 19.945, estipula que “la campaña finaliza cuarenta y ocho (48) horas antes del inicio del comicio”. La norma advierte que “queda absolutamente prohibido realizar campañas electorales fuera del tiempo establecido por el presente artículo".
La campaña electoral es “el conjunto de actividades desarrolladas por las agrupaciones políticas, sus candidatos o terceros, mediante actos de movilización, difusión, publicidad, consulta de opinión y comunicación, presentación de planes y proyectos, debates a los fines de captar la voluntad política del electorado, las que se deberán desarrollar en un clima de tolerancia democrática”.
Sólo las actividades académicas, las conferencias, la realización de simposios, no serán considerados como partes integrantes de la campaña electoral.
De esa forma, “queda prohibida la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del sufragio para candidatos a cargos públicos”.
La prohibición comprende la propaganda paga de las imágenes y de los nombres de los candidatos a cargos electivos nacionales, ejecutivos y legislativos, en los medios masivos de comunicación (televisión, radio e Internet), vía pública, medios gráficos, telefonía móvil y fija, publicidad estática en espectáculos deportivos o de cualquier naturaleza, así como también la publicidad alusiva a los partidos políticos y a sus acciones.
El juzgado federal con competencia electoral podrá disponer el cese automático del aviso cursado cuando éste estuviese fuera de los tiempos y atribuciones regulados por la ley.