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EL JUEGO DE LA SILLA

Santa Fe: la vieja guardia de la Corte volteó el tope a las jubilaciones de privilegio que impulsó Pullaro

Gutiérrez, Spuler, Weder y Falistocco declararon inconstitucional una de las banderas de la reforma previsional del gobernador. Qué puede hacer la Casa Gris.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe falló en contra del tope a las jubilaciones de privilegio dispuesto por la reforma previsional sancionada en septiembre de 2024. La decisión, empujada por la vieja guardia del máximo tribunal, significa un revés para el gobierno de Maximiliano Pullaro, que cuestionó la medida: "Están cuidando sus propios intereses".

El último tiro de la vieja Corte de Santa Fe en retirada

La votación de la inconstitucionalidad del tope a los haberes jubilatorios máximos, una de las banderas de la Ley de Emergencia Previsional que empujó Pullaro en su primer año al frente de la Casa Gris, significó una de las últimas estocadas de la vieja guardia de la Corte Suprema de Justicia en su tenso vínculo con el gobernador.

En la votación de la denominada causa "Ramón", los tres jueces santafesinos, Eduardo Spuler, Rafael Gutiérrez y Rubén Weder, y el rosarino Roberto Falistocco se inclinaron por declarar inconstitucional el tope a las jubilaciones de privilegio. Jorge Baclini, Margarita Zabalza y Daniel Erbetta quedaron en minoría.

La resolución plantea que limitar las jubilaciones es inconstitucional porque el aporte que hace el personal activo no tiene tope. Además, agrega que el tope afecta la movilidad jubilatoria, porque con la norma vigente quienes habían superado el nuevo límite ya no recibían los aumentos.

Hasta antes de la reforma, el tope estaba fijado en unos 18 millones de pesos y con la nueva ley, fue fijado en 20 salarios mínimos, un equivalente, en la actualidad, a 12 millones de pesos. Para la Casa Gris, el límite "se basa en un imperativo moral". "No puede haber jubilaciones que superen tan ampliamente lo que incluso gana el gobernador de la provincia, que es quien tiene la mayor responsabilidad administrativa y política", señalaron en diálogo con Letra P.

"Quienes votaron a favor de considerar que eso era inconstitucional probablemente están cuidando sus propios intereses, porque son quienes se van a jubilar y consideran que 12 millones de pesos es poco dinero y ahora pueden tener jubilaciones de 14, 18, 20 millones de pesos por mes que van a sostener todos los santafesinos", agregaron.

La carta que podría jugar Maximiliano Pullaro

Para el gobernador, el fallo de la Corte pega en un símbolo de la reforma previsional, porque pretendía limitar las jubilaciones de privilegio en la Justicia, un ítem que siempre genera resquemores en la opinión pública y se emparenta con el concepto de casta.

Fuentes de la Casa Gris evitaron definir la movida de la Corte como un ataque al gobierno. "Es un ataque quizás a lo que se entiende que es ético, moral o razonable en el marco de una sociedad que necesita ejemplaridad", afirmaron ante la consulta de este medio. "Claramente, la ejemplaridad en este caso no fue un imperativo", machacaron.

De todas maneras, se espera que Pullaro no se quede de brazos cruzados. Es posible que la Fiscalía de Estado avance con una apelación que deberá tener un fino timming.

Es que en menos de un mes, el 1 de septiembre, se concretará la salida de Eduardo Spuler, una de las sillas de la vieja guardia, quien será reemplazado por Diego Maciel, secretario administrativo del Senado provincial y hombre de confianza del senador radical Felipe Michlig. Su ingreso cambiará el balance de poder en la Corte y, en caso de que se conceda el recurso de inconstitucionalidad, la Casa Gris podría conseguir que se paralice la aplicación del fallo de este lunes.

Otro caso, otra decisión de la Corte

La Corte dictaminó también sobre el caso llamado "Lisi", donde se discutía la constitucionalidad del aporte solidario que deben realizar quienes tienen los sueldos más altos, previsto en el artículo 2 de la Ley 14.283. En esta discusión, la mayoría estuvo integrada por Falistocco, Erbetta, Baclini y Zabalza, quienes definieron que el debate no podía resolverse mediante una acción de amparo y debía continuar en la Justicia contencioso administrativa.

En disidencia votaron Gutiérrez, Spuler y Weder, quienes entendieron que el aporte solidario resultaba inconstitucional. En este caso, quedaron en minoría y no pudieron imponer su criterio.

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