SEGUNDO SEMESTRE

El Gobierno derogó el DNU de Alberto Fernández que derivó en el escándalo de los seguros

La medida elimina la obligatoriedad de contratar pólizas de seguros proveídas por el Estado. La crítica de Federico Sturzenegger contra el expresidente.

El gobierno de Javier Milei derogó el DNU 823/21 que se publicó durante la gestión de Alberto Fernández y que obligaba a contratar pólizas de seguros proveídas por el Estado. Además, se revisarán los fondos destinados al pago de contratos y convenios actuales y pasados que permitía la adquisición de dichas coberturas en organismos estatales.

La eliminación del DNU se confirmó este miércoles a través de la publicación del Decreto 747/2024 en el Boletín Oficial, en la que se retiraron todas las modificaciones anteriormente realizadas a la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Los cambios fueron impulsados por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien fue designado junto al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, como responsable de recibir e inspeccionar las documentaciones relacionadas a las contrataciones de seguros.

“Las empresas públicas deben servir a los ciudadanos y no servirse de ellos. Si estos privilegios, a su vez, servían para anidar corrupción o mantener a una casta política, deben ser desterrados”, planteó el ministro a través de Twitter. Además, calificó de “nefasta” la medida que impulsó Fernández durante su presidencia porque “obligaba a comprarle los seguros a Nación Seguros".

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El nuevo DNU que publicó el gobierno de Milei

La administración nacional, las empresas y sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones empresariales en donde el Estado posea una participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias tendrán un plazo de 30 días para proveer a la Jefatura de Gabinete de la Nación y al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado la documentación requerida.

Para evitar contrataciones que pudieran ser beneficiosas para un tercero a futuro, el decreto estableció que podrá considerarse que hubo una "ventaja, beneficio o preferencia" por parte de las organizaciones vinculadas al Estado si se detectan criterios de selección favorables para una entidad en particular. Lo mismo ocurrirá con aquellos acuerdos que pudieran cerrarse de manera directa entre las partes, los cuales deberán ser sometidos a un proceso de selección mediante licitación o concurso de tipo público o privado.

Asimismo, el decreto indica: "No se considerará que existe una ventaja, beneficio o preferencia en los contratos y convenios interadministrativos de provisión de bienes o servicios cuando el único proveedor disponible sea una jurisdicción o entidad del Sector Público Nacional".

Por otro lado, se fijó un plazo para que aquellos Ministerios y demás organismos que todavía tuvieran pólizas vigentes fruto de la normativa del DNU impulsado por el ex mandatario pudieran concretar las bajas de los mismos.

Todas las entidades señaladas tendrán un año para poder finalizar los acuerdos. En simultáneo, instaron a que convoquen nuevos procesos de selección que garanticen la competencia y la transparencia respecto de las postulaciones para brindar bienes y/o servicios.

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