En los últimos días, el gobierno de la provincia de Buenos Aires y las distribuidoras eléctricas intentaron instalar una idea equivocada: que la medida cautelar obtenida por la Defensoría del Pueblo pone en riesgo la sustentabilidad del sistema eléctrico o impide reconocer los costos necesarios para garantizar la prestación del servicio. No es eso lo que está en discusión.
La acción judicial no pretende administrar el sistema eléctrico, fijar tarifas desde un juzgado ni desconocer los costos de generación, transporte o distribución. El punto es otro y es mucho más elemental: los usuarios tienen derecho a saber por qué aumenta una tarifa, cómo se compone ese aumento y a participar antes de que la decisión impacte en sus facturas.
La cautelar dictada por la Justicia suspendió las actualizaciones correspondientes a los componentes provinciales de la tarifa y ordenó retrotraerlos al cuadro anterior. También dispuso que, si esos importes ya fueron cobrados, sean acreditados en las facturas siguientes. La medida no alcanza a los componentes de origen nacional, sino a aquellos cuya determinación depende de la Provincia.
La contradicción de las distribuidoras
La discusión tampoco puede reducirse al porcentaje del aumento. Las distribuidoras sostienen en sus apelaciones que los incrementos cuestionados son “mínimos y razonables”, pero al mismo tiempo afirman que su suspensión comprometería inversiones, mantenimiento, salarios y la ecuación económica del servicio.
La contradicción es evidente: si los aumentos son tan pequeños como se afirma, resulta difícil sostener que su suspensión provisoria pone en riesgo el sistema. Y si son suficientemente importantes como para afectar la sustentabilidad del servicio, entonces con mayor razón los usuarios tenían derecho a ser informados y escuchados antes de que fueran trasladados a sus facturas.
El problema de fondo es todavía más claro. Durante casi diez años no existió una instancia efectiva de participación de los usuarios respecto de estas actualizaciones, mientras la Revisión Tarifaria Integral continúa sin concluir. Sin embargo, los componentes provinciales siguieron modificándose mediante una llamada “Etapa de Transición Tarifaria” que lleva años de vigencia.
No puede convertirse lo transitorio en permanente ni utilizar una audiencia realizada una década atrás como habilitación indefinida para seguir aumentando tarifas.
Los derechos de los usuarios
La cautelar beneficia a los usuarios porque impide que, mientras se resuelve esta discusión, sigan pagando aumentos cuya legitimidad está siendo revisada por la Justicia. También evita que deban abonar hoy y reclamar dentro de varios años la devolución de lo cobrado.
Y hay un dato que no es menor: Provincia y distribuidoras apelaron la decisión y pidieron que esos recursos suspendieran inmediatamente la cautelar. El juez rechazó ese pedido. Por lo tanto, la medida continúa vigente mientras interviene la Cámara.
No desconocemos las necesidades del sistema eléctrico, pero antes es fundamental para los usuarios exigir que las decisiones tarifarias se adopten con transparencia, información, participación y respeto por los derechos de quienes finalmente pagan el servicio.