ES LEY

Rechazan una cautelar celeste y el aborto legal rige de nuevo en Chaco

A partir de la decisión de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, se levantó la suspensión de la IVE que regía desde enero en la provincia.

La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial del Chaco rechazó la medida cautelar que mantenía frenada desde enero en la provincia la implementación de la Ley Nacional 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo por considerar “la inexistencia de interés especial o directo, inmediato, concreto o sustancial en cabeza de los postulantes, para tener por configurado un caso contencioso”. 

 

La cautelar para frenar la norma sancionada en diciembre en el Congreso había sido presentada por un grupo de particulares y aceptada por la jueza en lo Civil y Comercial N° 19 de Resistencia, María Beatriz Aucar de Trotti. Esta iniciativa no fue la única ya que en distintos puntos del país hubo presentaciones de los grupos denominados celestes para frenar la vigencia de la IVE, tal como sucedió en provincias como Córdoba o Salta y a nivel nacional con el pedido de la ONG Amor en Acción, aunque en estos casos no prosperaron. 

 

En el caso de la provincia de Chaco, desde este viernes la norma vuelve a tener plena vigencia tras el rechazo de la cautelar interpuesta por Hilda Beatriz Dellamea, Cristina Araceli Chemes, Clelia Mirtha Avila, Fernando Enrique Guirado, Gabriela Monzón y Claudia Mariel Medina. Las juezas Eloísa Araceli Barreto y Wilma Sara Martínez que integran la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial indicaron que el planteo carece de "interés especial o directo" de parte de los postulantes dado que refieren a "un daño meramente hipotético o eventual" que además "se superpone con el ejercicio de otros derechos fundamentales, enmarcados en la autonomía privada de las personas y la esfera de la individualidad personal y claramente ajenos a los peticionantes”. 

 

Asimismo en su decisión la Sala argumenta que “no aparece clara la verosimilitud del derecho defendido", lo que no configura motivo suficiente para suspender en su totalidad una ley sancionada por el Congreso de la Nación. “No resulta procedente conceder esta medida de carácter excepcional, por las consecuencias que trae aparejada”, concluyeron las magistradas. 

 

En febrero la procuración del Tesoro de la Nación había presentado un requerimiento de inhibitoria ante la decisión de la jueza Trotti de dar lugar a la cautelar contra la IVE y la Fiscal del Estado de Chaco, Cecilia Fernández Almendra había apelado ante la Cámara Civil y Comercial de Resistencia.

 

Ni bien se conoció la noticia de la suspensión de la ley, desde la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito en la provincia de Chaco manifestaron que estaban trabajando en una estrategia jurídica y política para garantizar el derecho al aborto en esa provincia

 

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Aníbal Fernández. 

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