La Cámara de Diputados de la provincia de San Juan aprobó una ley de paridad de género, lo que garantiza igual participación en las listas electorales a mujeres y hombres.
La modificación legal, que va más allá de la disposición vigente hasta el momento de que mujeres ocupen el 30% de los cargos en las boletas, comenzará a regir en las próximas elecciones.
La norma, que se incorporará al Código Electoral, fue aprobada por unanimidad en la legislatura.
Surgida de los debates del Acuerdo San Juan, la ley establece que “en las boletas se incluye la nómina de candidatos y candidatas y la designación de la agrupación política. Únicamente en la nómina completa de postulantes a cargos colegiados legislativos se debe ubicar de manera intercalada a varones y mujeres respetando el principio de paridad de géneros, desde el primer candidato o candidata titular hasta el último candidato o última candidata suplente a Diputados y Diputadas Provinciales por el sistema de representación proporcional; nómina completa de postulantes titulares y suplentes a Diputados y Diputadas representantes de los Departamentos en que se divide la Provincia, y nómina completa de los y las postulantes a Concejales titulares y suplentes”.
“En San Juan se da un paso grande hacia la paridad. Hemos pasado por diferentes hechos históricos que no podemos dejar de recordar, como el voto femenino provincial, la ley de cupos, conquistas de las mujeres que tienen que ver con un concepto de justicia y ante la igualdad de pensamiento democrático”, dijo durante su intervención la diputada Mariela Monti.
La disposición que hasta el momento aseguraba el 30% de participación femenina se cumplía pero con artilugios, dado que las candidatas solían ocupar los últimos puestos de las boletas. A partir de ahora, no solo se eleva esa participación a la mitad sino que se obliga a los partidos y alianzas a intercalar hombres y mujeres.