Una vez conocido el fallo del Juzgado Contencioso Administrativo N° 3 de La Plata que frenó las jubilaciones de oficio a docentes de la provincia de Buenos Aires, la cartera educativa presentó un informe como descargo que, según detallaron los gremios, daba cuenta sólo de 136 ceses. “De esta presentación sólo surgen contradicciones, desaciertos y falsedades”, detallaron desde Suteba y FEB, entidades que presentaron en la Justicia 3060 expedientes que refutan lo expuesto por la Provincia: “Estas pruebas echan por tierra la información que hizo circular la cartera educativa, asegurando que sólo eran 136 los ceses impulsados por esa Dirección”, deslizaron desde la FEB.
“La desorganización es tal que, al elevar el informe de Docentes alcanzados, lo hacen sólo respecto de 136 casos en un informe que presentaron en manuscrito y sin haber recurrido al archivo histórico. La Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) brinda información falaz. Lo que se desprende de la Resolución N° 2397/17 y que la DGCyE no dice, es que el cese es inmediato y a partir de allí no se sabe cuándo se obtiene el beneficio jubilatorio”, remarcaron en Suteba.
Aludiendo a la normativa que disponía de estas jubilaciones, en el gremio conducido por Roberto Baradel, observaron: “La Resolución N° 2397/17 se limita lisa y llanamente a determinar el cese del Docente, sin asegurar en ninguna parte del texto su jubilación inmediata (como ellos aseguran). De la Resolución sólo surge el cese y el perjuicio directo al afectado”. Y añadieron: “Tampoco se desprende de la Resolución que los docentes puedan elegir el tipo y forma de su jubilación, intentan hacerle decir al texto algo que no dice. De hecho, los afectados quedan en un estado de incertidumbre total debiendo tramitar el anticipo jubilatorio, con todos los perjuicios que este implica.
En referencia a la Obra Social IOMA, advirtieron: “Se vuelve a caer en otra falacia, ya que la DGCyE habla de la afiliación obligatoria, pero no dice que una vez producido el cese, el agente deja de pertenecer a la Obra Social por desvinculación, debiendo reafiliarse como voluntario y pagar la cuota con lo que percibe del anticipo jubilatorio, siendo esto viable sólo por seis meses. Vencido el plazo, será IOMA quien decida al respecto y sólo por otros seis meses”.