LAS INTERNAS DE CAMBIEMOS

Carrió pide que el reglamento policial de Bullrich pase por el Congreso

En una carta dirigida a las “fuerzas federales” les dice que están desprotegidos porque la norma es una “resolución ministerial” que no les otorga las garantías legales suficientes. Dardos para Pato.

En medio de la polémica pública que mantiene con la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, la diputada nacional Elisa Carrió sostuvo que los cambios para el uso de armas de fuego por parte de efectivos de fuerzas de seguridad federales debe pasar por el Poder Legislativo, mediante un proyecto de ley “específico” o una reforma en el Código Penal. “Habiendo de por medio una cuestión que implica la posibilidad de causar la muerte de un delincuente o accidentalmente la de un inocente, no puede ser una simple Resolución Ministerial. El marco legal debe ser una ley sancionada por el Congreso Nacional en el marco de sus atribuciones”, opinó la jefa de la Coalición Cívica en una carta abierta que difundió por su cuenta de Facebook “para las fuerzas de seguridad y policiales federales”. En el mismo texto les advirtió a los uniformados federales que esa resolución “lejos de proteger al agente de seguridad o policial, lo deja expuesto a que, obrando honestamente al creer que está siendo protegido por el reglamento ministerial que se la ha impuesto, sufra las consecuencias de la falta de legalidad de su obrar al ser desconocido por la autoridad judicial correspondiente”.

 

En el texto buscó aclarar su negativa contra el reglamento firmado por Bullrich, que  les permite a los efectivos que dependen de la cartera nacional de Seguridad disparar sin dar voz de alto, y por la espalda, en situaciones “excepcionales”. Al respecto, la legisladora explicó que pudo “haber sorprendido” su “negativa a avalar la Resolución 956 / 2018 del Ministerio de Seguridad, el llamado "Reglamento General para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad", pero detalló que “como legisladora de la Nación soy consciente de la falta de un respaldo legal que ampare el legítimo uso de las armas de fuego por parte de las fuerzas de seguridad y policiales federales, como así también de las fuerzas policiales de las provincias”. Para evitar críticas de los uniformados, opinó que “el agente de seguridad o policial se encuentra actualmente carente de un adecuado marco legal y está expuesto a las interpretaciones que en cada caso haga la Justicia sobre su proceder: esto, lógicamente, atenta contra la tranquilidad y la confianza que debe tener el agente al usar el arma que le provee el Estado para proteger la seguridad de los ciudadanos, quienes le confiaron el monopolio del uso de la fuerza para su protección”.

 

 

 

Sin embargo, recalcó que este marco legal debe ser del nivel suficiente para que oriente la acción judicial y proteja adecuadamente al agente”. Se trata del preámbulo que utilizó la chaqueña para proponer que el tema sea debatido en el Congreso, y no se aplique mediante una resolución ministerial. “Un marco legal que puede ser incorporado a esa ley básica para la Justicia que es el Código Penal o que constituya una ley específica, pero que proteja adecuadamente al agente de seguridad o policial que deba hacer uso de su arma”, aseguró Carrió antes de sostener que “el derecho a la vida del ciudadano está debidamente asegurado en la Constitución Nacional, como así también la no aplicación de la pena de muerte”. Esa definición son el contexto necesario que mencionó la diputada para asegurar que “las circunstancias en las que un agente de seguridad o policial deba ocasionar la muerte de un delincuente, o al menos emplear un arma letal que pudiera ocasionarla, debe tener un firme marco legal que evite la confusa interpretación de la norma”.

 

 

 

 

Tras explicar sus razones jurídicas, aclaró: No estoy en contra del empleo por parte de un agente de seguridad o policial de su arma de fuego cuando las circunstancias lo justifiquen”, aunque luego recordó que “el agente de seguridad o policial que haya recibido del estado un arma de fuego tiene el deber de emplearla para proteger a sus conciudadanos y para protegerse a sí mismo de la acción de un criminal que ponga la vida de otro, o su propia vida, en riesgo. Pero esta normativa debe estar en el marco legal del nivel que corresponde, no puede ser introducida por medio de una Resolución Ministerial cuyo alcance es ciertamente reducido y no contempla todas las posibilidades en que puede darse esta situación de empleo de la fuerza”.

 

 

 

Respecto al acto administrativo que firmó Bullrich, Carrió consideró que “la Resolución Ministerial de un organismo nacional presenta diversas falencias que no protegerán adecuadamente al agente que deba emplear su arma de fuego contra un delincuente ante una situación crítica, ya que la muerte de la otra persona va a ser juzgada por el ámbito judicial que corresponda jurisdiccionalmente”. En pocas palabras, la jefa de la Coalición Cívica les recordó a los uniformados federales que con esa resolución no cuentan con el amparo legal suficiente, porque “el agente de seguridad o policial federal actúa siempre en el ámbito de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, y el Poder Ejecutivo de éstas no puede por sí mismo aceptar que se aplique un reglamento dispuesto por un organismo nacional, cuyas normas pueden ser inferidas o tachadas de anticonstitucionales por la entidad jurídica que corresponda a esa jurisdicción”.

 

 

 

Antes de concluir, asegura que no es su intención “desproteger al agente de seguridad o policial en el cumplimiento de sus funciones”, sino “darle un marco legal que proteja en forma firme y clara, y con la suficiente entidad jurídica, su accionar”. Con ese argumento Carrió propuso “analizar esta norma para transformarla en ley en el marco del Congreso Nacional luego de un adecuado debate. Entiendo que actualmente la situación exige algún tipo de medida provisoria para subsanar algunas falencias que desprotegen al agente de seguridad o policial que deba emplear su arma, pero estas normas provisorias no pueden en ningún caso vulnerar los preceptos constitucionales y también deben ser consensuadas por las distintas fuerzas políticas que integran el gobierno, por tratarse de una política de alta significación nacional”.

 

 

 

También reclamó que estas medidas “deben ser ejecutadas en el marco de un plan de seguridad que tenga bien en claro los objetivos que se persigue”, en un elíptico mensaje dirigido a Bullrich. Sin mencionarla, le dice que debería incluir en “el sistema jurídico nacional el concepto de que el delincuente armado, a partir del momento que comete el delito, es el único responsable de las acciones que este hecho origina; incluyendo su propia muerte. Pero esto debe ser introducido en el nivel normativo que corresponde”.

 

 

 

Agrega que “este plan debe, asimismo, contemplar un control político de la seguridad, que no implica restringir la iniciativa y la aplicación de las técnicas específicas por parte de cada Fuerza de Seguridad y Policial Federal (control civil), sino acompañarlas, estar a su lado para hacerse cargo de las consecuencias que las instrucciones impartidas para combatir al delito generen”. Carrió consideró que “lejos de quitar libertad de acción, la presencia del poder político cerca de sus Fuerzas de Seguridad y Policiales darán a éstas la seguridad de contar con su aval ante las situaciones que su correcto y legal obrar originen”.

 

 

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