La Corte Suprema de Justicia se pronunciará este martes sobre el índice que se debe aplicar para el cálculo de los pagos jubilatorios retroactivos. La decisión probablemente favorezca la demanda de los trabajadores pasivos que reclaman la aplicación del Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (Isbic) y no del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), menos favorable.
La presentación sobre la que se fallará fue iniciada por el jubilado Luis Orlando Blanco, que se jubiló en 2003 y comenzó, en ese momento, un juicio por el método de actualización de haberes y obtuvo un fallo a su favor, una situación que sentó precedente y favoreció a otras 150 mil personas que iniciaron procesos judiciales. Tras una apelación de la Anses, la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social volvió a apoyar el reclamo del jubilado. Ahora, tras un nuevo pedido del organismo nacional, será el turno de la Corte Suprema.
Probablemente, la decisión de los ministros del máximo tribunal sería avalar el pedido del jubilado, golpeando al Gobierno.
El Isbi es el método por el cual la mayoría de las Cámaras Federales actualizan los haberes jubilatorios, ya que fue la Corte Suprema quien lo dispuso en 2009 mediante el denominado Fallo “Ellif”. Sin embargo, a pesar de esta resolución, la Anses buscó pagar y actualizar el haber de Blanco mediante el índice Ripte.
Este índice es aplicado por el entre previsional para calcular los haberes jubilatorios iniciales y el recálculo de ingresos desde que el Congreso aprobó la Ley de Reparación Histórica. El Gobierno busca liquidar mediante este método, incluso a quienes no adhirieron a esta modalidad, ya que asegura que es más representantivo y menos volátil que el Isbic. Sin embargo, hay resistencia porque la diferencia es de 13 puntos a favor del demandante.
"Los ingresos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) provienen del aporte de todos los sectores, por lo que efectuar actualizaciones a los beneficios previsionales con índices sectoriales, que arrojan resultados injustificadamente superiores a los del promedio de los salarios, atenta contra la sustentabilidad del sistema", aseguró la Secretaría de Seguridad Social mediante una resolución y agregó: "Ello evidencia que la utilización del Isbic no resulta adecuada a los efectos de mantener una razonable proporción entre los ingresos activos y pasivos".