Boletín Oficial

La Provincia promulgó la adhesión a la ley de participación pública privada

Tendrá como autoridad de aplicación al Ministerio de Economía. El monto total de pagos firmes a realizar y contingentes esperados cuantificables en cada año no deberá exceder el 5% del presupuesto.

El gobierno de María Eugenia Vidal promulgó este jueves la adhesión de la Provincia a la ley Nacional de Contratos de Participación Pública - Privada, la cual fue aprobada en la Legislatura en mayo pasado y que en territorio bonaerense tendrá como autoridad de aplicación al Ministerio de Economía.

 

La norma publicada en el Boletín Oficial bonaerense establece que los contratos de Participación Público - Privada "constituyen una modalidad alternativa de los contratos regulados por la Ley N° 6.021 y/o la norma que en el futuro la sustituya".

 

En este sentido, detalla que "en el caso que un Contrato de Participación Público - Privada comprometa recursos del presupuesto público provincial, previo a la convocatoria a concurso o licitación, deberá contarse con la autorización prevista en el artículo 15 de la Ley N° 13.767 y sus modificatorias para comprometer recursos de ejercicios futuros, la que podrá ser otorgada en la respectiva Ley de Presupuesto o en la Ley Especial".

 

"El total acumulado de los compromisos firmes y contingentes cuantificables, netos de ingresos, asumidos por el sector público no financiero en los Contratos de Participación Público - Privada, calculados como el valor presente esperado, no deberá exceder el 3% del producto bruto geográfico de la Provincia a precios corrientes del año anterior. De igual forma, el monto total de pagos firmes a realizar y contingentes esperados cuantificables en cada año no deberá exceder el 5% del Presupuesto General de la Provincia", se puntualiza en el texto de la Ley 14.920.

 

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