Con un fallo por unanimidad que dio un giro de 180 grados al desenlace judicial de los comicios del 23 de agosto en la provincia, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán revocó la medida de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que dictaba la nulidad de las elecciones. Además, el fallo ordena la caída inmediata de la medida cautelar que impide proclamara a los candidatos del Frente para la Victoria Juan Manzur y Osvaldo Jaldo.
De los cinco miembros que integraban la Corte Suprema provincial se excusaron tres. Los únicos miembros del tribunal original que integraron el fallo fueron René Goane y Daniel Posse. El presidente del tribunal, Antonio Gandur, se excusó por su desempeño como miembro de la Junta Electoral de la provincia. Por su parte, la vocal Claudia Sbdar se excusó por enemistad manifiesta con el representante legal del Acuerdo para el Bicentenario, Arnaldo Ahumada. El miembro restante, Antonio Estofán, debió ser reemplazado por otro magistrado ya que se encuentra de viaje fuera del país.
La Corte provincial, entonces, quedó integrada con los camaristas civiles Raúl Bejas, Carlos Ibáñez y Benjamín Moisá. Tanto Posse como Moisa fueron recusados –el primero por ser hermano del fiscal de Estado y el segundo por ser cuñado de un legislador del FpV–, pero ambos recursos fueron rechazados. “La Corte quedó integrada con mayoría de jueces ligados al oficialismo”, advirtió el candidato opositor José Cano, a la vez que adelantó cómo seguirá el proceso judicial.
Es que el frente Acuerdo para el Bicentenario a ya adelantó que apelará la medida ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La elevación a esa instancia debe ser aprobada por la Corte provincial y, en caso de que ésta rechace la elevación, los denunciantes también tienen la opción de llegar al Máximo Tribunal del país con un recurso de queja. De todos modos, fuentes judiciales explicaron a Letra P que si cae la medida cautelar y la fórmula Manzur-Jaldo es proclamada como ganadora, un nuevo fallo que desestime los comicios podría devenir abstracto.
El fallo exhorta al Poder Ejecutivo Provincial a “convocar a elecciones complementarias en las mesas que hubieren sido anuladas por la Junta Electoral Provincial, como consecuencia de los hechos de violencia que se registraron durante los comicios del 23 de agosto de 2015” y, además, dispone “el inmediato cese de la medida cautelar dispuesta por resolución de fecha 08 de septiembre de 2015”.