La facultad del Gobierno federal de disponer, a través de una ley del Congreso, la intervención de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, un resorte que quedó este jueves en el centro de la escena ante la posibilidad de que la Casa Rosada impulse esa medida en Tucumán, está regulada por el artículo 6º de la Constitución Nacional, que establece las causales que justifican una decisión de esa gravedad.
“El Gobierno federal interviene en el territorio de las provincias para garantir la forma republicana de gobierno, o repeler invasiones exteriores, y a requisición de sus autoridades constituidas para sostenerlas o restablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la sedición, o por invasión de otra provincia”, señala la Carta Magna.
En el caso de Tucumán, el oficialismo entendería que la "forma republicana de gobierno" estaría amenazada por el escenario de eventual acefalía que se presenta en el horizonte cercano, en virtud de que el mandato del actual gobernador, José Alperovich, vence el próximo 28 de octubre, cuando debería asumir su sucesor. Y que una situación de anomalía se produciría tambien en la Legisatura a partir de la imposibilidad de que tomen sus bancas los nuevos legisladores.