LEGISLATURA PORTEÑA

Piden a Ritondo que garantice la Tribuna Popular en las sesiones

La justicia local dio lugar a un amparo que exige la habilitación de un espacio del recinto de la Legislatura para vecinos que deseen opinar. El asesor que atiza un reclamo que jamás prosperó.

La Cámara de Apelaciones porteña en lo Contencioso Administrativo y Tributario revocó una sentencia de primera instancia e hizo lugar a un amparo presentado por un vecino de la Ciudad de Buenos Aires para que la Legislatura local garantice el ejercicio de la tribuna popular en las sesiones.

 

El amparo fue elaborado por Mauricio García, que se presentó como un vecino particular de la Capital Federal que exigía un derecho propio de los porteños pero, según consta en el expediente judicial, recibió el apoyo y el patrocinio de Jonatan Baldiviezo, asesor del diputado opositor al PRO Pablo Bergel.

 

El reclamo tiene lógica porque el derecho de la tribuna popular está estipulado en el artículo 76 del capítulo cuatro del reglamento interno del Parlamento de la Ciudad. De todas formas, nunca fue implementado y todas las autoridades de la Legislatura, de cualquier gestión, se opusieron a su habilitación.

 

Ahora, la orden judicial recae sobre las actuales autoridades del Parlamento local: los macristas María Eugenia Vidal y Cristian Adrián Ritondo. De hecho, quien representó al Parlamento ante el primer pedido de habilitación de tribuna popular fue Marcelo Alejandro D’Angelo, director general de Asuntos Jurídicos del edificio de Perú 160 y hombre de confianza del vicepresidente primero de la Casa.

 

Según se señala en la causa, D’ Angelo consideró que la tribuna popular en el ámbito local es de naturaleza reglamentaria y que todo lo atinente a la reglamentación del reglamento interno es una facultad propia y privativa del Poder Legislativo.

 

Luego del amparo y la respuesta de D’Angelo, el juez de grado Francisco Ferrer y el fiscal ante la Cámara Juan Octavio Gauna rechazaron la demanda, que también fue requerida por el premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y la madre de plaza de Mayo Nora Cortiñas en 2014. En esa oportunidad, ambos lo solicitaron para discutir la votación del traspaso del Instituto Espacio para la Memoria (IEM) de la Nación a la Ciudad, que finalmente aprobaron en conjunto el PRO y el Frente para la Victoria.

 

El artículo 76 del reglamento interno explica que “La Tribuna Popular permite efectuar planteos en sesión plenaria, sobre temas de especial interés para la Ciudad, por parte de organizaciones no gubernamentales y personas que resulten autorizadas de acuerdo con la Resolución que reglamente su ejercicio”.

 

El artículo siguiente indica que quienes pueden hablar en el marco de esta tribuna se manifestarán por un tiempo de 10 a 15 minutos y posteriormente los bloques podrán intervenir con cinco minutos para responder.

 

“El reglamento interno de la Legislatura es norma vigente, y prevé el derecho a participar del debate en sesión plenaria mediante el instituto de la Tribunal Popular. Dictar su reglamento interno es facultad de la Legislatura; una vez dictado, debe cumplirse“, expresa la sentencia de los jueces porteños.

 

Según informó el Sistema de Difusión Judicial de la Ciudad, el pasado 31 de agosto la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad, integrada por los camaristas Gabriela Seijas, Hugo Zuleta y Esteban Centanaro, resolvió hacer lugar al amparo.

 

Con el voto de mayoría compuesto por el criterio de los jueces Seijas y Zuleta, el tribunal dispuso revocar la sentencia apelada que, en primera instancia rechazó la acción de alcance colectivo interpuesta, hacer lugar al amparo, y “ordenar a la Legislatura de la Ciudad que adopte las medidas necesarias para garantizar el ejercicio inmediato de la Tribuna Popular regulada en los artículos 76 y 77 del Reglamento Interno de la Legislatura, con costas a la vencida”.

 

En los argumentos del amparo colectivo impulsado, el actor sostuvo que “la omisión de la Legislatura en reglamentar los artículos 76 y 77 de su reglamento interno importaba una violación al artículo 10 de la Constitución local en cuanto dispone que los derechos y garantías no pueden ser negados ni limitados por la omisión o insuficiencia de su reglamentación y ésta no puede cercenarlos”. También destacó que “la omisión reglamentaria por más de quince años resulta irrazonable y, por lo tanto, inconstitucional”.

 

En la sentencia, los camaristas destacaron que “la falta de reglamentación del instituto de la Tribuna Popular ha sido invocada por la Legislatura como argumento para impedir su aplicación, y ese es precisamente el objeto del presente amparo”.

 

“El cuerpo legislativo puede darse su propio reglamento y debe cumplirlo. Si la norma prevé que los habitantes de la Ciudad tienen derecho a participar en las sesiones de la Legislatura mediante el instituto de la Tribuna Popular, ese derecho importa correlativas obligaciones para las autoridades de la Legislatura, quienes deben garantizar su ejercicio”, afirmaron.

 

Finalmente, la sentencia destaca que “el reglamento interno de la legislatura es norma vigente, y prevé el derecho a participar del debate en sesión plenaria mediante el instituto de la Tribuna Popular”, y que “la negativa a implementar esta posibilidad fundada en la omisión de la reglamentación viola los límites razonables para demorar la puesta en vigencia efectiva de las normas”.

 

El visto bueno judicial a la Tribuna Popular se da justo en un momento en el que la Legislatura porteña se encuentra sumida a la campaña electoral. Después del 25 de octubre los legisladores tratarán un paquete de leyes que vienen desde el Ejecutivo de la Ciudad que, por grupo de vecinos y legisladores opositores, fue calificado como de "sesgo privatizador".

 

Entre ellos, el expediente que pide la cesión por 30 años de 166 hectáreas del autódromo porteño y la creación de un fondo fiduciario por u$s 50 millones; la enajenación del complejo Buenos Aires Design para utilizar el producido de la venta para la construcción de la Ciudad Judicial; la enajenación del predio “El Dorrego” para construir el Centro Metropolitano Audiovisual; la venta del Tiro Federal.

 

La inflación en el primer año de Javier Milei
Eduardo Toniolli del Movimiento Evita, Marcelo Lewandowski y Juan Monteverde.

También te puede interesar