Se trata de un trabajo que el ahora legislador encomendó y dirigió con sus técnicos y los del ministerio de Asuntos Agrarios cuando estuvo a cargo de esa cartera, ante la necesidad de que la Provincia tenga una ley de suelos y así evitar situaciones como la de la región sudoeste bonaerense, entre otras.
Busca, fundamentalemente, la preservación y conservación del suelo productivo, del recurso, mediante buenas prácticas agrícolas y ganaderas, con incentivos para los productores.
Según el proyecto, el Poder Ejecutivo provincial designará una Autoridad de Aplicación para dar cumplimiento a los objetivos de la presente Ley, adecuando su estructura técnica administrativa.
La misma delimitará las zonas afectadas y/o susceptibles de algún tipo de degradación (erosión, pérdida de estabilidad estructural, agotamiento u otras causales), determinando el grado que revisten las mismas. Dichas zonas serán objeto de seguimiento y control por parte de los servicios técnicos con el fin de evaluar su evolución.
A efectos de llevar a cabo el Plan Provincial de Manejo y Conservación de Suelos, la Autoridad de Aplicación creará en las zonas bajo tratamiento, Distritos de Manejo y Conservación de Suelos y determinará la organización y funcionamiento de los mismos.
A su vez, impulsará la realización de técnicas de manejo y obras que sean necesarias para la conservación y recuperación de los suelos; la investigación, experimentación y extensión agropecuaria, relacionada a la conservación del suelo; la difusión de los principios conservacionistas en coordinación con el organismo competente en el ámbito educativo y la formación de técnicos especializados en la materia.
Se creará la Comisión Provincial Asesora integrada por los representantes de los distritos y de organizaciones públicas y privadas.
Esta Comisión colaborará en la elaboración del Plan Provincial de Manejo y Conservación de Suelos y asesorará a la Autoridad de Aplicación en todos los aspectos que hagan al mejor funcionamiento de la presente Ley.
Es importante mencionar que cada distrito tendrá su propio manejo de acuerdo a la problemática de degradación, siendo clasificadas en Área de Manejo y Conservación de Suelos experimental, voluntario y obligatorio.
La clasificación de un área podrá ser modificada según criterio de la Autoridad de Aplicación, sin que este acto anule los beneficios acordados con anterioridad a la modificación.