Sociedad

Fallo histórico de la Corte por el derecho al aborto en casos de violación

La Corte Suprema de Justicia ratificó un fallo por el cual se exime de penas a las mujeres víctimas de violaciones que decidan abortar. Tampoco se penalizará a los médicos que practiquen la intervención.

La sentencia surge a partir de un caso ocurrido en Chubut, en el que una joven de 15 años fue absuelta por interrumpir un embarazo producto de haber sido abusada por su padrastro, un oficial de policía.

 

El fallo histórico sentará jurisprudencia respecto de que no será necesaria la autorización judicial previa en los casos contemplados como “no punibles” por el Código Penal.

 

A principios de marzo de 2010, el Superior Tribunal de Justicia de Chubut avaló el pedido de la joven, revocando la sentencia de la Cámara de Apelaciones que había negado la autorización, a la vez que encuadró el caso como un aborto no punible contemplado en el inciso 2 del Código Penal.

 

De ese modo, confirmó que cualquier mujer, y no sólo aquellas con discapacidad mental, tienen el derecho a terminar con una gestación fruto de una violación.

 

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