La Corte bonaerense suspendió la ley Vidal de jubilaciones del BAPRO
La decisión del tribunal busca evitar perjuicios de "difícil reparación" del régimen que impulsó la exgobernadora. Catarata de juicios y reclamo de La Bancaria.
María Eugenia Vidal en el BAPRO en sus tiempos de gobernadora
La Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso este martes, a través de una medida cautelar, que a partir del 1° de junio próximo la caja de jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires (BAPRO) suspenda la aplicación del régimen de movilidad de la ley 15.008, establecida durante la gestión de María Eugenia Vidal, en relación a las personas afiliadas pasivas que hubieran accedido al beneficio al amparo de leyes anteriores.
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El máximo tribunal bonaerense fundamentó la decisión en la necesidad de “evitar perjuicios de difícil reparación ulterior” y destacó que la resolución se adoptó por unanimidad. El fallo “se encuadra en la causa colectiva conformada a partir de acciones declarativas de inconstitucionalidad contra la ley 15.008 promovidas por la Asociación Bancaria, la Asamblea Permanente de Jubilados del Banco Provincia y la Unión de Jubilados del Banco Provincia”, puntualizó en un comunicado.
La Suprema Corte recordó también que el Procurador General “había dictaminado que el régimen de movilidad establecido en la aludida norma constituía una disposición regresiva que afectaba los derechos de los jubilados”.
El tribunal provincial sostuvo que desde la vigencia de la ley 15.008 al presente la movilidad de los pasivos del Banco Provincia “quedó librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha afectado el derecho de quienes gozaban del beneficio previsional”.
La Asociación logró que la justicia dictaminara a nuestro favor e hiciera lugar a la medida cautelar sobre la Ley 15008 presentada oportunamente en la provincia de Buenos Aires.
Esta medida favorece a más de 15000 jubilados y 10000 activos del Banco Provincia. pic.twitter.com/YiVysCwWbM
En este sentido, quienes integran el tribunal superior detallaron que en los cuatro años posteriores a la entrada en vigor de la ley 15.008 se produjo una merma en los haberes jubilatorios, que, en la liquidación de diciembre de 2022, “es del orden del 30% y acumulativamente supera el 40%”.
“La decisión importa recuperar –de modo secuencial y progresivo– hasta un 86% de la cuantía de los haberes que hubieran percibido los beneficiarios con el sistema que rigiera con anterioridad a la reforma cuestionada”, subrayaron.
Lo resuelto, expresó la Corte, se extenderá hasta la sentencia de fondo. También tuvo presente la necesidad de contar con una normativa sobre esta materia, en una clara alusión a las dificultades para hacer avanzar la reforma de la Ley en la Legislatura. En este punto, el tribunal exhortó al Poder Legislativo "a fin de arribar en el año en curso a una solución sustentable y compatible con el ordenamiento constitucional, conforme a los principios de la decisión adoptada”.
El antecedente a esta resolución judicial es el envío, a mediados de 2022, por parte del Poder Ejecutivo bonaerense de un proyecto de ley que modifica el régimen de la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco Provincia y restituye el haber mínimo garantizado.