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Reforma laboral: un juez hizo lugar a la cautelar de la CGT y suspendió la aplicación de la ley

El magistrado avaló el planteo de la central obrera contra la ley 27802. Suspendió más de 80 artículos. Inconstitucionalidad y seguridad jurídica.

El juez nacional de Trabajo Raúl Ojeda hizo lugar a la medida cautelar presentada por la CGT y ordenó la suspensión de 83 artículos de la reforma laboral impulsada por Javier Milei y aprobada a fines de febrero en el Congreso. En su resolución, el magistrado sostuvo que existen indicios de posible "inconstitucionalidad" en varios puntos de la ley.

Ojeda, a cargo del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 63 dispuso la suspensión "temporal" de numerosos artículos que afectan al derecho colectivo e individual. El magistrado remarcó que la medida es "provisoria" y busca "aguardar con paz social hasta la sentencia definitiva" sobre la constitucionalidad de la norma, que está en discusión.

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La decisión de Ojeda constituye un enorme triunfo para la CGT, que consiguió el primer fallo que suspende la ley casi en su totalidad, mientras otras decisiones judiciales, hasta el momento, habían versado sobre cuestiones puntuales de alcance individual o sobre un capítulo en particular, como sucedió con la medidca cautelar que frenó el traspaso de la justicia nacional del Trabajo a la Ciudad de Buenos Aires.

Si bien el juez evitó expedirse sobre el fondo de la cuestión "para no adelantar criterio", el juez le ordenó Poder Ejecutivo, que se abstenga de aplicar los artículos objetados mientras dure el proceso, atendiendo el argumento de que "en principio la tacha generalizada consiste en desprotección (art. 14 bis de la Constitución Nacional), afectación de derechos humanos inespecíficos y afectación de la libertad sindical". Ahora el Estado nacional apelará la decisión a la Cámara Nacional del Trabajo.

Conclusiones preliminares del fallo que consiguió la CGT

Según un documento al que accedió Letra P, el juez resolvió que se cumplía lo solicitado por la CGT "conforme al artículo 13, inciso 1, de la Ley N° 26.854, la suspensión de los efectos de una ley requiere la concurrencia simultánea de cinco requisitos".

La guerra por la competencia

Detrás de la decisión se inscribe la guerra por la competencia del fuero que debe abocarse a definir sobre la reforma laboral. Mientras que la CGT busca sostener el debate en la justicia laboral, más proclive a contemplar los derechos de los trabajadores, el gobierno de Milei puja por trasladarlo al fuero contencioso administrativo federal, donde tiene mayor incidencia.

La seman pasada, el juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Alonso Regueira aceptó la inhibitoria presentada por el Estado nacional y solicitó la remisión de la causa que tramitaba en la Justicia del Trabajo, que había dictado la cautelar que suspendió la aplicación del convenio de traspaso a la Ciudad de Buenos Aires. La causa de había originado en una presentación del gremio de empleados judiciales, encabezada por Julio Piumato.

En el fallo de este lunes, el juez Ojeda suspendió el artículo 79 de la ley, que que trasladaba al fuero contencioso administrativo los litigios laborales en los que tenga intervención el Estado.

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