Mayra Mendoza le pidió a la Justicia que deje sin efecto una resolución de la Junta Electoral bonaerense que solo permite poner fotos de los dos primeros candidatos de las listas en las boletas, para que su cara pueda aparecer en la de Fuerza Patria por la Tercera sección en la elección del 7 de septiembre próximo.
Hasta ahora, el reclamo no prosperó. El Juzgado Contencioso Administrativo de La Plata 3 rechazó la cautelar que firmaron la intendenta de Quilmes y los apoderados legales de Fuerza Patria. Será la Cámara la que tenga la palabra final. Los plazos son cortos: faltan apenas 3 semanas para los comicios y la Junta Electoral ya avanzó con la oficialización de boletas.
Junto a Verónica Magario y Tignanelli
Tercera en la lista de candidatos a diputados provinciales por la Tercera sección, Mayra Mendoza pide que se la autorice a poner su imagen en el primer tramo de la boleta junto a la de quienes ocupan los dos primeros lugares en la lista, la vicegobernadora Verónica Magario y el diputado camporista Facundo Tignanelli.
Cerca de Mendoza explicaron a Letra P que el reclamo responde a que a Fuerza Patria le suma la foto de la intendenta de Quilmes en el tramo más importante de la boleta. "Es una figura con peso específico, en Quilmes la eligieron y la volvieron a elegir. No es una cuestión de una cara sí o no. ", aseguraron.
Además, explicaron que hay jurisprudencia a favor del reclamo, porque la Justicia ya autorizó a poner más de dos caras en un tramo de la boleta a otras fuerzas políticas.
Rechazo de la Justicia
En la medida autosatisfactiva contra la Junta Electoral bonaerense para modificar la Resolución 158/2025, Mayra y los apoderados del peronismo buscan que se elimine la restricción que permite incluir en la boleta solo las fotos de los dos primeros candidatos, argumentando vulneración de derechos electorales y constitucionales.
En la presentación invocaron los artículos de la Constitución bonaerense que garantizan el derecho a elegir y ser elegido y la libertad de los partidos políticos para organizar su vida interna y estrategias electorales. En ese marco, afirman que la restricción de la Junta Electoral vulnera estos derechos porque limita la forma en que una agrupación puede presentar a sus candidatos en la boleta.
El recurso fue presentado el lunes ante el Juzgado Contencioso Administrativo 3, que la rechazó. Ahora, debe ser la Cámara la que resuelva.