Buenos Aires

Jueces penales cuestionan la ley de víctimas que sancionó la Legislatura

Afirman que los “remiendo normativos de emergencia” son un camino que “conduce a ningún lugar”. El proyecto fue sancionado este martes en el Senado.

La reciente Ley de Víctimas en el proceso penal de la provincia de Buenos Aires volvió a partir aguas entre actores judiciales y legislativos. La Red de Jueces Penales bonaerenses elaboró un documento con críticas al plan legislativo que fue sancionado este martes por el Senado. El proyecto había sido girado a la Cámara baja provincial, donde fue modificada y devuelta a la cámara de origen para su revisión, que finalmente le dio vía libre.

 

El proyecto aprobado modifica el Código Procesal Penal y la Ley de Ejecución Penal, con el objetivo de “reconocer y garantizar los derechos de las víctimas de delitos, evitando la revictimización y asegurando un acompañamiento efectivo durante el proceso”.

 

La figura de la víctima en el proceso penal se encuentra reglada por una Ley nacional. En provincia de Buenos Aires, ya existen herramientas en el Código de Procedimiento específico que daban facultades a esa parte para intervenir en las causas, pero su rol volvió a tomar musculatura luego de la polémica abierta al inicio del aislamiento social preventivo y obligatorio, cuando el Tribunal de Casación bonaerense dictó un habeas corpus colectivo, con el objetivo de descomprimir la situación de hacinamiento carcelario. La resolución generó tal impacto que la Suprema Corte provincial se vio obligada a emitir una sentencia aclaratoria del alcance de la resolución de Casación.

 

Los jueces son quienes aplican las leyes que se aprueban en el legislativo. Antes que los legisladores den vía libre a este proyecto, magistrados del fuero Penal dieron a conocer un documento (con datos y cifras) en el que se advierte sobre situaciones complejas que contiene la idea que no rechazan, pero hacen observaciones para que sea modificada.

 

“Pretender neutralizar el auge del delito violento y la impunidad, sin una Política de Estado, sólo con remiendos normativos de emergencia, tal como ya hicieran gobiernos anteriores, es un camino que conduce a ningún lugar” al tiempo que “difícilmente las garantías de la víctima a una tutela judicial efectiva, pueda satisfacerse cuando el 90,8% de las investigaciones fracasan”, señalaron los funcionarios judiciales.

 

El proyecto en debate, en caso de sanción, les otorga amplias facultades a las víctimas de delitos o sus familiares. Inclusive se las puede aceptar también en la etapa de ejecución de la pena a los condenados, situación que en la actualidad está prácticamente clausurada.

 

Para los jueves “multiplicar” las audiencias con la víctima para cada resolución “dilata el proceso, sin solucionar el problema” ya que esa parte “solo expresa su dolor y eso no es prueba”. “Su participación, sin asesoramiento letrado, bien puede generar planteos y proliferación de recursos que, como es presumible, influirán desfavorablemente en los tiempos de duración de los procesos (a menudo, suficientemente largos)”.

 

En el documento al que accedió Letra P, también se hace foco en la labor de los fiscales. “El Estado debe asistirla con fiscales orientados por una política de persecución penal eficaz y, en casos particulares, por un cuerpo de abogados especializado e independiente, sin compromiso con el Ministerio Público Fiscal, que asesoren a la víctima para optimizar investigaciones que (alrededor del 90%) son archivadas”.

 

Según el informe, en el 5% de casos que llegan a los estrados judiciales, las víctimas –disconformes con la actuación fiscal– “deberán ser incorporadas con una ‘legitimación fuerte’, como particulares damnificados, con el asesoramiento de un letrado especializado y en forma gratuita cuando no tenga recursos para sustentarlo”.

 

La norma no está vigente. Falta su reglamentación y publicación en el Boletín Oficial por parte del gobierno de Axel Kicillof.

 

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