Mediante resolución de la jefatura de Gabinete de la Provincia, se aprobó el protocolo sanitario básico para la realización de actividades religiosas presenciales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía. La norma entró en vigencia este martes.
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En el mismo se establece que la autorización será para los aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa y Zapala. El factor de ocupación es los lugares mencionados será de hasta un 30 por ciento de la capacidad autorizada y hasta un máximo de 40 personas en espacios cerrados y/o abiertos.
Por tal motivo, se exceptúa del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y de la prohibición de circular a las personas afectadas a la realización de estas actividades, como así también a los feligreses y feligresas que las practiquen.
También se instruye a la dirección general de Religión y Culto a instrumentar, en conjunto con las áreas municipales competentes, los mecanismos de monitoreo del cumplimiento del protocolo y factores de ocupación dispuestos en la resolución.
Se aclara especialmente que el protocolo básico y las autorizaciones otorgadas en la norma legal, podrán ser modificados o suspendidos en forma total o parcial en caso de que la evolución epidemiológica sea negativa.
Por último, se invita a municipios y comisiones de fomento a adoptar medidas similares, y a colaborar en el monitoreo y supervisión de su cumplimiento en el ámbito de sus respectivos ejidos y competencias.