Aunque la Cámara Nacional Electoral (CNE) es el tribunal federal de apelaciones más importante en esa materia, actualmente está en manos de solamente dos jueces: Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera. El tercer sillón, que estuvo ocupado por Rodolfo Emilio Muné a partir de 1983, quedó vacante desde su muerte en 2016 y el nombre de quien debería reemplazarlo no fue definido por el presidente Mauricio Macri. Cabe preguntarse, entonces, quiénes son esos dos magistrados, en quienes recaerá la responsabilidad de velar por un proceso electoral que no parece hoy estar a prueba de impugnaciones.
El primer mandatario todavía no envió al Senado el pliego de ninguno de los postulantes a cubrir el cargo vacante, tan codiciado en el Poder Judicial, pese a que la terna ya fue definida por el concurso 376 del Consejo de la Magistratura. En el mismo resultaron seleccionados el juez federal de Tucumán, Raúl Bejas, y dos funcionarios del mismo máximo tribunal electoral: la secretaria de Cámara, Alejandra Lázzaro, y su par de Actuación Judicial, Hernán Golçalves Figueiredo.
El ocupante del tercer sillón se conocerá, posiblemente, cuando el año electoral ya haya concluido. Hasta entonces, las decisiones del tribunal seguirán en manos de Dalla Vía y Corcuera, quienes están en sus puestos desde junio de 2001, tras las vacantes producidas por los fallecimientos de los camaristas Enrique Rocca y Héctor Orlandi, respectivamente, y luego de la aprobación por parte del Senado a los pliegos enviados por el entonces presidente Fernando De la Rúa.
Los jueces Alberto Dalla Vía (izquierda) y Santiago Corcuera (derecha).
Dalla Vía, de tradición radical, es docente de la Facultad de Derecho de la UBA y fue parte del Consejo de Consolidación de la Democracia que puso en marcha el presidente Raúl Alfonsín entre 1986 y 1988, un espacio de recomendación de reformas institucionales en el que también participaron el jurista Roberto Gargarella y el actual juez de la Corte Carlos Rosenkrantz
Corcuera, en tanto, a quien le adjudican cercanía al peronismo, fue funcionario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a partir de 1986, llegó a vocal del cortesano Carlos Fayt y secretario del máximo tribunal.
El tercer sillón de la Cámara lleva tres años vacío y el envío al Senado del pliego de quien debería ocuparlo se frenó luego de una ofensiva del radicalismo para que Macri aplicara la ley de cupo femenino y propusiera a Lázzaro, que además quedó primera en el concurso. Ese debate quedó trabado en medio de la crisis económica que afrontó el Gobierno y también por las internas del oficialismo, protagonizadas por dos impulsores de Lázzaro: el gobernador mendocino y titular de la UCR, Alfredo Cornejo, y el titular del interbloque de Cambiemos, Mario Negri. La pugna sigue irresuelta y su desenlace quedará atado, paradójicamente, al cierre de un año electoral clave.
EL DEBATE SOBRE EL ESCRUTINIO PROVISORIO. Mientras tanto, el último jueves, los dos jueces en funciones cerraron por ahora un debate recurrente. Hicieron lugar a una parte de los cuestionamientos presentados por los apoderados del Frente de Todos y de Consenso Federal para que sus fiscales puedan verificar la transmisión de datos durante la realización del escrutinio provisorio. Se trató de una respuesta parcial, porque los mismos apoderados habían pedido hace dos meses que la Cámara resolviera otro planteo: que el conteo se realizara tal como se ha hecho hasta 2017, es decir, sin el nuevo sistema de transmisión de datos que licitó el Correo Argentino y que fue ganado por la empresa de origen venezolano y propietarios británicos, Smartmatic.
Hasta el jueves, los dos camaristas no habían dado respuesta a ese planteo, quizás para no entrar en colisión con el Gobierno. En su lugar, el último fallo, firmado a diez días de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 11 de agosto, hicieron lugar a los últimos planteos presentados por los apoderados opositores y ratificaron un planteo formulado en 2015 y en 2017, cuando ambos jueces le pidieron al Poder Ejecutivo que les transfiriera la realización del escrutinio provisorio, un conteo de sufragios que tiene un altísimo impacto político porque revela el desenlace inicial de los comicios, aunque no tiene validez legal.
En marzo de 2018, Dalla Via le explicó a Letra P por qué la CNE pidió la transferencia del escrutinio provisorio del Poder Ejecutivo al Judicial, que ya está a cargo del conteo definitivo. “Respecto a la transmisión de los datos propusimos que se usaran escáneres para el escrutinio provisorio, que está mal llamado así porque ni siquiera figura de ese modo en el Código Electoral. Sí figuran el escrutinio de mesa y el definitivo, a cargo de la Justicia. Entre uno y otro, hay una práctica del domingo a la noche de anunciar los resultados. Esos resultados los anuncia el Gobierno", detalló. En su razonamiento, la intención era darle “mejor neutralidad” al provisorio: "si el definitivo lo hace la Justicia, que el provisorio también lo haga la Justicia”, reclamó, para terminar con “una materia no legislada”, que podría “resolverse con una reglamentación” del Gobierno o con una ley del Congreso. En pocas palabras, “es una cuestión de voluntad política”, sostuvo Dalla Via: “Ya hicimos una acordada al respecto y no fue cumplida".
En la decisión del último jueves, los camaristas recordaron que "ha sido práctica histórica, por razones de costumbre, que la ejecución del conteo provisional la asuma el Ministerio del Interior a través de la contratación de una empresa privada“. La operación fue “sin participación alguna de la Justicia Nacional Electoral en las operaciones atinentes a su diseño, planificación, organización, procesamiento, cómputo y difusión de los resultados; ni tampoco en la contratación de prestadores de servicios a tales efectos", explicó.
Aún así reclamaron el traspaso, que podría concretarse por ley, con el mismo mecanismo que votó el Congreso para entregarle al Poder Judicial la realización de los debates presidenciales. Lo hicieron porque, más allá de la “competencia de los poderes políticos”, la Cámara “debía adoptar una serie de previsiones para fortalecer la fiscalización, integridad y transparencia del proceso electoral”, lo que incluye la difusión de los resultados provisionales, sin perjuicio de su irrelevancia jurídica a efectos de la imputación de la representación”.