La titular de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad y la Unidad Especializada en casos de Apropiación de Niños y Niñas, Ángeles Ramos realizó una presentación ante el Tribunal Oral Federal Nº6 pidiendo la inconstitucionalidad del fallo de la Corte Suprema de Justicia, que aplicó el 2x1 en condenados por delitos de lesa humanidad. Ahora se esperará por la respuesta de la defensa, y los jueces tendrán un lapso de cinco días para decidir si lo liberan o no.
Ramos realizó la presentación ante el pedido de excarcelación que el apropiador de menores Víctor Gallo, quien el jueves pidió que se le aplique el 2x1. Gallo está condenado a 15 años de prisión por la apropiación de Francisco Madariaga. La sentencia pertenece a una de las causas abiertas por el sistemático robo de bebes durante la dictadura.
Luego del controversial fallo de la Corte Suprema, que habilitó el “2x1” para los crímenes de lesa humanidad, se preveían acciones de parte de aquellos represores que no contaran con sentencia firme y que pudieran así recuperar la libertad en el corto plazo. Hasta ahora el único caso era el de Luis Muiña, sentenciado en 2011 a 13 años de prisión por cinco casos de secuestros y torturas durante 1976 en el Hospital Posadas. Por la aplicación de la “ley penal más benigna”, Muiña ya debería estar en libertad. Pero tras una apelación, la “Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal” le negó el 2x1, y así su condena quedó efectiva hasta el 2020.
En el mismo sentido fue hecho el pedido por parte de Víctor Gallo, intentando que la Corte Suprema aplique con él la misma medida. A su vez de esta manera se sienta un precedente para que muchos represores sigan el mismo camino.
El pedido de la fiscal fue en el caso concreto, al sostener que hay una afectación al principio de proporcionalidad de las penas sobre Gallo, pero deja sentado la postura del Ministerio Público Fiscal: que insistirá con la no excarcelación de los represores con condenas más allá que éstos se valgan del 2x1 que otorgó la Corte.
"La conmoción causada en la sociedad, radica en que se trata de un caso más que proyecta hasta hoy las huellas del trágico pasado reciente, donde el Estado terrorista avasalló los derechos fundamentales suprimiendo, para ello, las normas básicas de convivencia democrática. Y que luego, ya en democracia, los perpetradores consiguieron perpetuar la impunidad por esos crímenes", remarcó la fiscal.
"El argumento de la defensa es demostrativo del gravamen de esta parte y es marca que la causa de inconstitucionalidad es actual y se proyecta hacia el futuro porque impide que la pena se cumpla en su integridad, desnaturalizando en fin y sentido que ha tenido su imposición en la condena aplicada a Gallo, donde además, se encuentra comprometida la responsabilidad internacional del Estado argentino", añadió.