El Centro de Estudios Legales y Sociales que preside Horacio Verbitsky apuntó contra el nuevo protocolo de manifestaciones públicas anunciado por la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich: sostuvo que es inconstitucional y que colabora con la criminalización de las protestas sociales.
"El protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas del Ministerio de Seguridad de la Nación limita de manera inconstitucional el derecho a la protesta al colocar al ´orden público´ por encima de todo. Según la resolución, la circulación es más importante que la integridad de las personas y que los derechos a la protesta y a la libertad", criticaron con durezca desde el CELS.
En ese sentido, aseguraron que "el protocolo amplía las facultades policiales para reprimir y criminalizar la protesta social. Al mismo tiempo, no prohíbe explícitamente el uso de arma de fuego en las manifestaciones, prohibición que se había logrado en 2004 y que fue volcada en la resolución 210/2011, ni el uso de balas de goma para dispersar la protesta. Tampoco impone obligaciones de uso de uniforme, ni de identificación de los policías y de los móviles".
Por último, cerraron agregando que la nueva norma "limita el ejercicio del trabajo periodístico y el efecto de control sobre los operativos policiales que puede tener al restringir el lugar en el que se deben ubicar los trabajadores de prensa que cubren la protesta". "Todas estas regulaciones son contrarias a los estándares internacionales sobre libertad de expresión y derecho a la protesta", dispararon.
Como ya se informara, este nuevo protocolo en manifestaciones públicas detalla que, por ejemplo, en caso de que la protesta siga su curso, las autoridades políticas intervendrán mediante la fuerza para disolver la manifestación y estipula que “si los manifestantes no cumplieren con la orden recibida, se les solicitará que depongan el corte bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido para los casos de los delitos cometidos en flagrancia, según lo dispuesto en los Códigos de procedimiento Penal de cada jurisdicción, poniendo en conocimiento del Magistrado competente, y se procederá a intervenir y disolver la manifestación”.