A través de la Resolución Nº224/14, enmarcada en el Decreto Nº220/14 de Emergencia de Seguridad, se fija la “obligatoriedad de portar casco y chaleco homologados y debidamente identificados en conductores en el caso de deliverys y también en acompañantes de motovehículos particulares sin excepción, dependiendo del área urbana que disponga cada municipio”.
De omitirse, el acto será considerado falta grave en los términos de la Ley Nº13.927 y Decreto Nº532/09, “debiendo aplicarse la retención preventiva del vehículo y de la licencia de conducir del conductor”.
El Jefe de Gabinete bonaerense, Alberto Pérez, explicó que “se trata de dos medidas complementarias. La primera es que ya es obligatorio que el segundo ocupante de una moto particular vaya con casco y chaleco reflectante con el número de la patente del vehículo; esta es una medida de seguridad vial, pero sobre todo de prevención ciudadana atendiendo una nueva modalidad del delito: los que se cometen con motos con un segundo ocupante”.
“La segunda disposición invita a los intendentes a restringir las zonas geográficas y los horarios en los que no pueda circular más de una persona por moto, teniendo en cuenta las zonas bancarias, comerciales y las particularidades de su distrito”, señaló Pérez.
Según explicaron desde Gobernación, la medida tiene su antecedente en la Resolución Nº1187 del año 2009 que establece la obligatoriedad del uso de casco y chaleco reglamentario para conductores de motos de servicio de delivery y mensajería.
“El chaleco reflectante procurará una mejor identificación del conductor y su acompañante tanto en horas del día como de la noche, brindado mayor protección al aumentar la visibilidad de quien transita”, al tiempo que “el uso del casco contribuirá a disminuir la gravedad de las lesiones en siniestros de tránsito”, aclaró Pérez.