Por ello el Ejecutivo planea una vez hecha Ley “meter mano”. En la reunión se decidió modificar el proyecto de ley impositiva en tratamiento en la Legislatura, no aplicando por un lado el coeficiente de actualización de las valuaciones fiscales en el segmento del impuesto inmobiliario baldío.
Por otro lado se estableció que la norma, una vez convertida en ley, también aclarará que no existe la obligación de la cesión de tierras, sino una contribución económica al municipio siempre que exista una decisión administrativa del Ejecutivo local que revalorice dichas tierras. Es decir que sólo se entregarán tierras en el caso que lo pida el municipio en cuestión.
Asimismo con la actualización de las valuaciones fiscales en los impuestos al baldío se pretende evitar una desmesurada carga tributaria sobre las mismas y contribuir, una vez sancionada la ley, a la creación del fondo fiduciario que financiará la erradicación y urbanización de asentamientos en la provincia.
También se informó que el Poder Ejecutivo, al momento de la reglamentación, establecerá que no se verán afectados ni violados ninguno de los derechos adquiridos, ni el derecho a la propiedad.