El Banco Central autorizó a personas que cobraron ayudas estatales durante la pandemia o que accedieron a subsidios a los servicios públicos a realizar operaciones cambiarias a través de títulos valores en moneda extranjera, como el dólar MEP o el Contado Con Liquidación (CCL).
Este martes, el directorio de la máxima entidad bancaria eliminó las restricciones para acceder a los dólares financieros que cotizan en la Bolsa y que se popularizaron con la persistencia del cepo cambiario que todavía limita la adquisición del dólar oficial.
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“Con esta medida, quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría”, explicó el Banco Central en el comunicado.
Como contó Letra P, cualquier persona que tenga una caja de ahorro en dólares a su nombre puede comprar dólar MEP. La operación para adquirirlo puede realizarse también a través de billeteras virtuales que hayan sumado esta opción a sus servicios.
Qué personas podrán volver a comprar dólar MEP y CCL tras el anuncio del Banco Central
- Quienes hayan accedido a refinanciaciones de saldos de tarjeta de crédito durante la pandemia.
- Personas beneficiarias de “Créditos a Tasa Cero”, “Créditos a Tasa Cero 2021″, “Créditos a Tasa Cero Cultura” o “Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas”.
- Titulares de programas de asistencia a pymes para el pago de sueldos.
- Quienes hayan accedido al congelamiento de las cuotas de créditos hipotecarios durante la pandemia.
- Integrantes de la Cámara de Diputados y del Senado, que habían quedado vedados tras una decisión conjunta de ambas cámaras en octubre de 2020.
- Personas beneficiarias del subsidio en las tarifas de agua, gas y/o electricidad.
- Las personas humanas que sean beneficiarias del “Plan de pago de deuda previsional” previsto en la Ley Nº 27.705 u otro plan de regularización de deuda previsional hasta tanto no hayan cancelado la deuda.
- Quienes hayan accedido a “Créditos Anses”.
- Personal registrado que haya tramitado un crédito en el SIPA, según el decreto de septiembre de 2023.
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