GRAN HERMANO

Un juez de Entre Ríos habilitó la feria para discutir la constitucionalidad del DNU de la SIDE

Es la primera vez que un magistrado admite la urgencia del asunto, tras una lluvia de amparos que no fueron aceptados. Lo que viene.

El magistrado hizo lugar a un pedido efectuado por los abogados de extracción radical Rubén Pagliotto y Raymundo Kisser y por el constitucionalista correntino Armando Aquino Britos, quienes presentaron una acción de habeas corpus preventivo y de acción colectiva contra el decreto presidencial. La SIDE está encabeza por Cristian Auguadra, un hombre que responde al asesor presidencial Santiago Caputo.

A diferencia de otras presentaciones, los abogados entrerrianos optaron por la vía del habeas corpus, en lugar de la acción de amparo, ya que el DNU le concede a la SIDE facultades para detener personas, lo que a su criterio representa “una limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria sin orden escrita de autoridad competente”.

Denuncia en Entre Ríos

La denuncia ingresó este miércoles y a las pocas horas el juez Alonso, en turno durante el receso, habilitó la feria judicial para analizar el caso y le corrió vista al fiscal para que emita un dictamen, según indicaron fuentes judiciales a Letra P.

Pagliotto, Kisser y Aquino Britos pidieron la suspensión urgente del decreto presidencial y que se declare la nulidad absoluta, ilegalidad e inconstitucionalidad de la normativa.

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El DNU 941 estableció modificaciones sustanciales a la Ley de Inteligencia Nacional. Entre otras funciones, asigna a los agentes facultades para detener personas, una función hasta ahora prohibida por ley, e incluso podrían hacerlo sin orden judicial. También insta a los altos funcionarios aplicar medidas de contrainteligencia e intercambio de información sobre las personas entre organismos públicos y asigna “carácter encubierto” –antes eran “secretas”– a las actividades de inteligencia nacional.

Los abogados señalaron que el decreto es violatorio de la Constitución Nacional, constituye una “amenaza sobre la libertad” y vulnera “los principios de inocencia y culpabilidad, pues permite a una agencia estatal que no es de seguridad sino de inteligencia detener a las personas”.

El DNU de Javier Milei, contra la Constitución

En otro tramo de la presentación, señalaron, a modo de ejemplo, que “en el caso de detención de una persona (la SIDE) no lo pone a disposición del juez competente en forma inmediata, sino que la Agencia de Información devenida en fuerza de seguridad se unja como un organismo con más poder que las fuerzas de seguridad para el desarrollo de su actividad que siempre depende de la orden de un juez para proceder a la detención de una persona”.

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“Pueden detener sin orden judicial, no están obligados a dar aviso en forma inmediata al juez, no actúan bajo su orden y no son una fuerza de seguridad”, agregaron Pagliotto, Kisser y Aquino Britos para poner el asunto negro sobre blanco.

Asimismo, cuestionaron que la reforma se llevara a cabo por decreto y advirtieron que la normativa avanza en reformas en materia penal, una facultad expresamente vedada al Poder Ejecutivo por la Constitución Nacional.

Lo que viene con el DNU de la SIDE

El juez no tiene plazos para resolver, pero dispuso la habilitación de la feria, un procedimiento excepcional para tramitar asuntos urgentes. Su criterio ha sido distinto del que tuvieron otros tribunales del país.

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Desde la publicación del DNU en el Boletín Oficial hubo una avalancha de presentaciones pidiendo su inconstitucionalidad. Están tramitándose acciones de amparo promovidas por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), por diputados de la Coalición Cívica, la Fundación Apolo (ligada a Republicanos Unidos, el partido de Ricardo López Murphy) y referentes del radicalismo.

Mientras tanto, la oposición peronista trabaja para tratar de voltear el decreto en el Congreso: hay un debate reglamentario para definir si la bicameral de Trámite Legislativo, la comisión de que debería tratar el DNU, puede reunirse a debatirlo en las sesiones extraordinarias, a pesar de no haber sido incluido en el temario del Ejecutivo.

Santiago Caputo y Karina Milei.
SIDE - Secretaría de Inteligencia

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