En 2027, Salta elegirá representantes provinciales con un nuevo régimen electoral. El gobierno de Gustavo Sáenz ya promulgó la ley que introduce cambios que alteran de manera sustancial cómo se vota, cómo se cuentan los votos y quién puede ganar las elecciones, incluso sin ser el candidato más votado.
El nombre oficial es Ley de Participación Democrática, fue sancionada el 30 de abril y publicada en el Boletín Oficial la semana pasada. Sin embrgo, el nombre que circula en los pasillos legislativos y en la oposición es otro: Ley de Lemas. La norma también convierte en obligatorios los exámenes toxicológicos para candidatos, jueces y funcionarios.
De esta manera, la política salteña volvió a discutir las reglas del juego. Y, como suele pasar cuando eso ocurre, detrás de la letra técnica aparece el mapa del poder. Con todo, la diferencia no es semántica, sino que tiene consecuencias concretas sobre cómo se cuentan los votos y quién puede terminar ganando una elección.
Qué cambia con la reforma electoral de Gustavo Sáenz
La legislación anterior había dejado un esquema relativamente lineal, ya no había PASO y se daba una competencia directa entre listas. Es decir, cada espacio político presentaba su candidato y ganaba quien obtenía más votos. Pero, la 8.535 altera esa lógica.
Desde ahora, los frentes y alianzas podrán presentar hasta cuatro listas por categoría, excepto en la categoría de gobernador, mientras que los partidos que compitan solos podrán llevar hasta dos listas en cargos departamentales y municipales.
Gustavo Sáenz habla ante la Asamblea Legisaltiva en Salta
Gustavo Sáenz ante la Legislatura de Salta, durante la apertura de sesiones.
El cambio decisivo aparece en el mecanismo de acumulación de votos, a través del artículo 19. En la práctica, para categorías ejecutivas como intendente, los votos de todas las listas de un mismo frente se suman. Después de esa suma, gana dentro del frente el candidato que haya obtenido más votos individuales.
En sí, el nuevo sistema plantea la competencia frentes contra frentes, no candidatos contra candidatos. Es decir, un postulante puede terminar imponiéndose, aunque individualmente haya sacado menos votos que otro candidato de otro espacio político. Lo determinante pasa a ser el volumen total acumulado por el frente.
Sin embargo, en la categoría de gobernador, quedó una limitación: cada frente podrá presentar un solo candidato.
Así, el nuevo diseño permite que un mismo espacio lleve varias listas para intendentes, concejales o legisladores, acumule esos votos dentro de la alianza y luego defina internamente quién se queda con el cargo o las bancas. Ahí aparece la comparación inevitable con la vieja Ley de Lemas.
Más cambios para las elecciones
La nueva legislación establece mecanismos de acumulación de votos, pero también introduce modificaciones y reconfigura distintos aspectos operativos y políticos del proceso electoral.
La Ley 8.535 extiende de 60 a 70 días el plazo para solicitar el reconocimiento de alianzas y frentes electorales, y lleva de 50 a 60 días el tiempo límite para presentar candidaturas. Aunque se trata de cambios técnicos, en la práctica benefician a las estructuras con mayor capacidad de negociación territorial y armado político, porque otorgan más margen para cerrar acuerdos, ordenar internas y definir listas.
La reforma también modifica aspectos vinculados al voto electrónico. Por un lado, amplía los tiempos para registrar colores partidarios e imágenes de campaña, la reserva de colores pasa a realizarse 70 días antes de la elección y las imágenes de candidatos deberán presentarse 40 días antes, cuando antes el límite era de 30. Además, ya no aparecerán solamente los candidatos a cargos ejecutivos o el primer integrante de las listas legislativas, sino también quienes ocupen el segundo lugar en las nóminas.
A eso se suma un rediseño detallado de la pantalla de votación electrónica. La ley establece cómo debe dividirse visualmente cada espacio. Cuatro quintos estarán destinados a la imagen, color y número de lista, mientras que el quinto restante contendrá el nombre del candidato, la denominación de la fuerza política y su símbolo partidario. El cambio no es menor en una provincia donde la boleta electrónica tiene fuerte centralidad y donde la visibilidad en pantalla puede impactar directamente en el reconocimiento electoral.
Otro de los cambios relevantes aparece en el escrutinio definitivo. La nueva redacción obliga a abrir todas las urnas y realizar un conteo manual boleta por boleta sobre el comprobante impreso del voto electrónico, con participación de fiscales de todas las fuerzas políticas. La ley también incorpora causales específicas de nulidad y define criterios para validar votos en blanco, algo que hasta ahora no estaba explicitado con ese nivel de detalle en la normativa electoral.
Además, la reforma reorganiza artículos completos de la legislación vigente. Los antiguos artículos vinculados a observaciones y reemplazos de candidaturas fueron unificados para dejar disponible el nuevo artículo 19, donde se incorpora el mecanismo de acumulación de votos para cargos unipersonales. Esa reestructuración normativa no es solamente formal, sino que ordena jurídicamente el nuevo esquema electoral y le da sustento legal al sistema de sumatoria de listas que quedó en el centro de la polémica política.
Toxicológicos obligatorios en Salta
La ley también incorporó un capítulo que pasó más silenciosamente por el debate público pero tiene fuerte impacto institucional, ya que la norma convirtió en obligación legal los exámenes toxicológicos para candidatos y funcionarios públicos.
La nómina incluye gobernador, ministros, legisladores, intendentes y concejales, pero también jueces, fiscales, defensores oficiales, integrantes del Ministerio Público y ministros de la Corte de Justicia.
La medida amplía lo dispuesto previamente por el DNU 32/26 y transforma una decisión administrativa del Ejecutivo en una obligación aprobada por ambas cámaras legislativas. El alcance sobre magistrados y miembros del Poder Judicial abrió interrogantes sobre autonomía institucional y control político.
La discusión 2027
En Salta nadie discute una reforma electoral solamente por cuestiones técnicas. La nueva ley aparece en un contexto donde el oficialismo provincial ya empezó a ordenar el escenario hacia 2027. Sáenz atraviesa su segundo mandato y el debate sobre una eventual nueva candidatura sigue abierto en términos políticos y judiciales. En paralelo, el gobernador consolidó un frente amplio provincial que articula peronismo, sectores conservadores, partidos provinciales y dirigentes municipales.
La 8.535 encaja con precisión en ese esquema, pues habilita múltiples candidaturas dentro del mismo espacio sin necesidad de PASO y evita que las disputas internas se traduzcan en fracturas electorales.
El nuevo modelo permite contener tensiones, sumar estructuras territoriales y convertir competencia interna en acumulación de votos únicamente para el frente dominante. Por eso, más que una reforma técnica, la discusión en los sectores opositores a Sáenz es sobre quién diseña las reglas electorales y para qué proyecto político.