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PASO | 13 DE AGOSTO

Elecciones 2023: cómo votar desde el exterior

El voto de argentinos y argentinas residentes en el exterior es voluntario. En algunos casos, hay que justificar la ausencia. Quiénes deben hacerlo y cómo.

Las personas de nacionalidad argentina que residen en el exterior, tienen su DNI actualizado y son mayores de 16 años pueden emitir su voto en la embajada o consulado correspondiente a su jurisdicción para las elecciones 2023, tanto en las generales del 22 de octubre como en el eventual ballotage del 19 de noviembre. Aunque no es de carácter obligatorio que lo hagan, de acuerdo a la Justicia Nacional Electoral (JNE).

Sin embargo, sólo las personas que hayan cambiado su domicilio antes del 25 de abril, tengan su copia del DNI actualizada y figuren en el padrón electoral podrán emitir su voto en la embajada o consulado argentino correspondiente entre las 8 y las 18 del domingo electoral.

Todas las personas que cumplan con esas condiciones podrán elegir, haciendo uso del sistema de Boleta Única de Papel, a quién prefieren para la presidencia, vicepresidencia, la Cámara de Diputados y la de Senadores.

Según el Ministerio de Relaciones Exteriores, en el caso de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), las personas residentes en el exterior no votan: lo hacen sólo en las elecciones generales y eventual ballotage. Aunque si antes del 25 de abril no realizaron el cambio de domicilio deberán justificar su ausencia en la jornada electoral del 13 de agosto.

Cómo justificar la no emisión del voto desde el exterior

En línea

Para realizar el trámite de forma online, hay que ingresar al Registro de infractores y adjuntar foto del pasaporte o de la documentación que acredite que en la fecha de las elecciones la persona en cuestión no estaba en Argentina.

Personalmente

En el caso de llevar adelante el trámite de forma presencial hay tres opciones:

Si la certificación consular es emitida un día distinto de la fecha de la elección, es necesario adjuntar documentación (pasaporte con sellos migratorios, constancias de pasajes u otros) que permita demostrar que en esa fecha la persona en condición de votar no estaba en el país.

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