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La Legislatura modificó el proceso judicial de las aprehensiones

Aplica para quienes son sorprendidos cometiendo una contravención en la Ciudad. Los legisladores de Carrió se abstuvieron y la UCR votó en contra.

La Legislatura aprobó modificaciones al proceso judicial que se abre luego de una "aprehensión"  en personas que son sorprendidas cometiendo una contravención dentro del territorio de la Ciudad de Buenos Aires.

 

La iniciativa fue redactada por el presidente del bloque Vamos Juntos, Daniel Presti, y el ex consejero de la Magistratura Sebastián De Stefano. La modificación del Código Contravencional fue aprobada con 31 votos positivos provenientes del PRO y Confianza Pública,  según consignó la agencia Télam. En tanto, la Coalición Cívica, aliada del oficialismo porteño, se abstuvo y el bloque que responde a Martín Lousteau y la Unión Cívica Radical (UCR) votó en contra.

 

La norma cambia aspectos del procedimiento aplicable frente a las aprehensiones en situación de flagrancia. Se entiende como contravenciones a infracciones como el uso indebido del espacio público, por el cual son retenidos los vendedores ambulantes y los cuida coches sin autorización legal, por ejemplo. En la actualidad, la autoridad que detecta una contravención debe comunicar a la Fiscalía sobre las medidas tomadas y es el fiscal que define si la aprehensión queda sin efecto o si corresponde dar intervención a un juez, ante quien deberá responder el contraventor a una audiencia.

 

El Gobierno sostiene que este proceso nunca se completa y que la reforma apunta a “dar una finalización a un procedimiento de una conducta que en principio es disvaliosa y que un juez debe resolver”. El expediente dispone que el contraventor, una vez certificada la "aprehensión" por parte del fiscal, sea "conducido sin demora dentro de las 24 horas al establecimiento correspondiente donde se celebrará eventualmente una audiencia".

 

 

 

“Lo que planteamos es hacer un proceso que contemple una audiencia multipropósito en la cual esté el fiscal, el juez, el defensor, con garantías de todos los derechos constitucionales, para llegar a un acuerdo”, precisó Presti. Y agregó que “si el posible contraventor quiere ir a juicio, se procede a un juicio rapidísimo, donde un juez, en 24 horas, debe revolver”.

 

A lo largo de la sesión, se modificaron aspectos referidos a la graduación de la sanción, la interrupción de la prescripción, la remisión de sentencias y notificación de rebeldías, la solicitud de antecedentes y la cancelación de registros.

 

Maximiliano Pullaro en la Legiislatura de Santa Fe.
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