ELECCIONES 2019

La Justicia le ordenó a Diputados que actualice su composición

La Cámara Nacional Electoral le requirió que rectifique la cantidad de integrantes de acuerdo al censo de 2010, como establece el artículo 45 de la Constitución Nacional.

En un fallo inesperado, la Cámara Nacional Electoral le pidió a la Cámara de Diputados de la Nación, que actualice su composición en base al último censo poblacional de 2010. La decisión, que podría ser apelada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se ampara en el cumplimiento del artículo 45 de la Constitución Nacional. La Carta Magna establece que la Cámara Baja se “compondrá de representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias, de la ciudad de Buenos Aires, y de la Capital en caso de traslado”. Además define que “el número de representantes será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos. Después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado”.

 

 

De acuerdo a la sentencia firmada por los camaristas Alberto Dalla Via y Santiago Corcuera, “cuanto más exacta sea la relación entre la población de la República y el número de sus diputados, más fielmente se respetará el sabio plan de organización del Poder Legislativo adoptado por la Constitución argentina”.

 

El caso fue iniciado en 2016, a partir de un incidente abierto por un representante del Encuentro Vecinal Córdoba, que reclamó el cumplimiento del artículo 45. En el fallo, los camaristas le dieron la razón y recordaron que “la actual composición de la Cámara de Diputados de la Nación está basada en los datos poblacionales de un censo realizado hace 38 años (1980), lo cual resulta anacrónico, pues no se actualizó con los censos posteriores”.

 

Los jueces relativizaron los costos económicos de una posible ampliación de la Cámara Baja. “De actualizarse la base de representación (…) el número de integrantes no necesariamente habría de variar en mucho, lo que denota lo innecesario de la modificación en la partida presupuestaria correspondiente para solventar el gasto que irrogaría la puesta en función de los eventuales nuevos cargos”.

 

La Cámara Baja tiene 257 diputados y es presidida por Emilio Monzó, que recibió la notificación del fallo. El texto podría ser apelado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aunque abre una serie de interrogantes sobre los métodos que debería adoptar el Estado para el cumplimiento de la Carta Magna. Si la decisión es confirmada este año, la ampliación debería efectuarse antes de los próximos comicios. Caso contrario, debería ser aplicada en las elecciones 2019. Esas opciones forman parte de las especulaciones que desató la resolución.

 

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Ariel Lijo, candidato a Juez de la Corte Suprema de Justicia. 

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