Poder Judicial de la Nación

Los supremos y la mayoría de los jueces seguirán sin pagar Ganancias

La decisión de la Corte de voltear la cautelar que eximía de ese tributo a los magistrados sólo alcanza a los que hayan sido designados antes de 2017. Rosenkrantz había defendido el privilegio.

La Corte Suprema de Justicia resolvió este martes que los jueces deben tributar impuesto a las Ganancias, pero sólo lo harán los que hayan asumido después del 1 de enero de 2017, ya que lo que hizo el trbunal es dejar sin efecto una cautelar que mantenía en suspenso la aplicación de una ley que había estabecido que los funcionarios designados a partir de esa fecha ya no gozarían del privilegio de sus colegas nombrados con anterioridad. En definitiva, ninguno de los miembros del máximo tribunal deberán resignar ingresos.

 

Como contó Letra P, la semana pasada el presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, hizo sindicalismo en un almuerzo con empresarios: consideró que el sueldo de los magistrados es el adecuado.

 

El reemplazante de Ricardo Lorenzetti en la presidencia del organismo juró como supremo, proveniente de la actividad privada, el 23 de agosto de 2016, casi dos meses después de que el Senado aprobara su pliego y el de Horacio Rosatti, el otro magistrado propuesto por el presidente Mauricio Macri para completar la integración del cuerpo.

 

 

La resolución, que deja al margen de la obligación de pagar Ganancias a la inmensa mayoría de los jueces en actividad, diluyó la grieta que divide a los cinco miembros del máximo tribunal (Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Rosatti, por un lado, y Rosenkrantz y Elena Highton, por el otro). Con sus ingresos a salvo, votaron en bloque.

 

La Asociación de Magistrados había presentado el amparo para suspender los efectos que determinó la ley 27.346: "Todas las ganancias obtenidas por personas humanas, jurídicas o demás sujetos indicados en esta ley, quedan alcanzados por el impuesto de emergencia previsto en esta norma", prevé la normativa.

 

En primera instancia, el juez en lo contencioso administrativo federal Esteban Furnari había hecho lugar a la presentación, fallo que había sido confirmado por la Cámara. La cautelar fue dejada este martes sin efecto por la Corte.

 

En su voto, Rosenkrantz y Highton dejaron a salvo el derecho del que gozan los magistrados — al igual que todo ciudadano— de plantear ante la justicia sus agravios respecto de lo que consideren ser sus derechos, tal como fue reconocido por la Corte a lo largo de toda su jurisprudencia.

 

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