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Una ONG objeta la postulación de Conte Grand a la Procuración

Se trata del Centro de Estudios Para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad. Apunta que el candidato del Gobierno para reemplazar a Falbo no tiene dos años de residencia en la provincia.

El Centro de Estudios Para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis) inició una acción de certeza para que la Justicia determine si para ocupar el cargo de Procurador General de la Suprema Corte bonaerense es necesario acreditar dos años de residencia inmediata en la provincia. Así, la ONG que meses atrás había presentado un recurso de amparo contra el tarifazo de gas, en esta oportunidad objetó la postulación de Julio Conte Grand, el candidato del vidalismo para ocupar el sillón de jefe de los fiscales bonaerenses que dejará María del Carmen Falbo en los próximos días. La observación radica en que Conte Grand no cumple con dos años “de residencia inmediata en la Provincia de Buenos Aires”.

 

La causa quedó radicada en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo de la Plata N° 4, a cargo de la jueza María Ventura Martínez, quien deberá dictaminar en esta acción declarativa de certeza donde el Cepis pide que se establezca “si para ocupar el cargo de Procurador General de la Suprema Corte de Justicia es exigible acreditar los dos años de residencia inmediata en la Provincia dispuesto en el artículo 181 para ingresar al Poder Judicial, cuando el Ministerio Público integra dicho poder por expresa disposición legal y constitucional (Arts. 189 dentro del capítulo V, sección VI de la Constitución de la provincia de Buenos Aires y artículo 3 de la ley 14. 442)”.

 

En este sentido, la entidad marcó que la demanda se funda “en la incertidumbre que generó el Poder Ejecutivo con el envío del pliego del Señor Julio Marcelo Conte-Grand al Senado provincial para ocupar el cargo de Procurador General ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, cuando el candidato –con domicilio actual en Coronel Díaz N° 2170, Piso 15°, entre Juncal y Beruti del Barrio Norte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el padrón electoral– no cumple con el requisito de dos años de residencia inmediata en la provincia para ingresar al Poder Judicial impuesto en el artículo 181 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires”.

 

Y añade el Cepis mediante un comunicado: “De diversas constancias se puede constatar que el candidato propuesto para dicho cargo no cuenta con dos años de residencia inmediata en la Provincia de Buenos Aires. Tal es así que el doctor Julio Marcelo Conte-Grand fue, hasta el 9 de diciembre pasado, Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de allí que resulta de toda lógica que mantuviera su domicilio en el distrito donde cumplía sus funciones pero, aún más allá de ello, como destaca el padrón electoral y últimas notas periodísticas –que incluyen fotografías del edificio– el nominado sigue viviendo allí”.

 

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Gabriel Frizza, Martín Llaryora y Gustavo Brandán.

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