Según dispone la nueva legislación, a partir de ahora las autoridades educativas de todo el país “deben reconocer los centros de estudiantes como órganos democráticos de representación estudiantil”, además de “promover la participación y garantizar las condiciones institucionales” para su funcionamiento.
También, contempla que “cada una de las instituciones educativas tendrá su centro de estudiantes” y establece que participarán de esos espacios “todos aquellos que acrediten ser estudiantes de la institución educativa, sin otro tipo de requisito”.
Por otra parte, señala que “los centros de estudiantes elaborarán su propio estatuto en correspondencia con la legislación nacional y de cada jurisdicción”, y subraya que “en aquellos casos en que las disposiciones de esta ley se vieran incumplidas, los estudiantes y sus órganos de conducción podrán elevar su reclamo a la autoridad jurisdiccional o nacional, según corresponda”.
En otro de sus puntos destacados, la norma indica que “los centros de estudiantes reconocidos pueden nuclearse en federaciones jurisdiccionales, regionales y nacionales”.
Finalmente, destaca que “el Ministerio de Educación y las autoridades educativas de cada jurisdicción diseñarán las campañas de difusión y promoción alentando la creación y funcionamiento de los centros de estudiantes” en cada uno de los establecimientos”.