Política

La Corte rechazó pedido de Casal para reglamentar la detención de menores

La Suprema de la Provincia, con fecha 23 de abril de este año, rechazó un Recurso Interpuesto por el Ministro de Seguridad y Justicia de la Provincia, Ricardo Casal,  por el cual solicitaba a la Corte, revoque un fallo de la Cámara Penal de la Plata  dictado en 2009 en el cual se reglamenta y prohíbe la detención de menores de edad por contravenciones, averiguación de identidad o por razón asistencial.

Es decir que confirma que la policía sólo podrá detener a menores en razón de delitos manteniendo de esta manera la limitación de la actuación policial en casos de menores.

 

De la misma manera en caso de que un niño se encuentra en la vía pública con sus derechos vulnerados, no debe ser trasladado a una comisaría, sino debe darse intervención a los servicios de protección de la infancia, según establecen la ley 13298 y la ley nacional 26061.

 

El fallo de la corte ordena a la fuerza que “se abstengan de aprehender o detener a menores de 18 años de edad, por presuntas infracciones o averiguación de identidad”.

 

Y agrega que “las aprehensiones preventivas de menores de edad por averiguación de identidad se han transformado en una facultad policial desproporcionada en relación a los principios que rigen el sistema, circunstancia que se agrava por la detención en comisarías”.

 

El primer fallo de la Cámara Penal corre por un Habeas Corpus interpuesto por el defensor penal juvenil Julián Axat en el que solicitaba la medida originaria. Expresaba, Axat, en aquel recurso que las detenciones de menores”ponen en potencial riesgo la libertad ambulatoria de los niños, niñas y adolescentes” del Departamento Judicial de La Plata.

 

Rodrigo De Loredo, jefe de la UCR, durante el debate de la reforma previsional. 
Javier Milei y Victoria Villarruel, junto a senadores.

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