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Por otra parte, el tribunal, integrado por los jueces Marina Cossio, Graciela Fernández Vecino y Ernesto Clemente Wayar, no hizo lugar al llamado a extradición e indagatoria de María Estela Martínez de Perón solicitado por los fiscales Pablo Camuña y Patricio Rovira.
La Cámara consideró que “por el momento no se encuentra demostrada la existencia de sospecha suficiente que habilite el llamado a prestar declaración indagatoria a la entonces presidente de la Argentina”.
De esta forma, la Cámara se expidió sobre la causa que investiga delitos ocurridos entre febrero de 1975 y el 24 de marzo de 1976.
La Cámara sostuvo que “quedó probada la existencia del plan criminal estructurado en una cadena de mandos, que con el alegado propósito de combatir la subversión, violó el orden constitucional, implantó el terrorismo de Estado, y produjo la supresión sistemática de los derechos y garantías individuales de todos los ciudadanos argentinos, con el inicio del Operativo Independencia”.
Según precisó, el “Operativo Independencia” se inició “en el mes de febrero de 1975, luego se sistematizaría a partir del 24 de marzo de 1976, con el Proceso de Reorganización Nacional, y culminaría en el mes de setiembre de 1983”.