De esta manera también el estado provincial queda exento de responsabilidad derivada del contrato de concesión con fecha anterior al traspaso efectivo. También hasta que se produzca el efectivo traspaso la nación dispone de una intervención administrativa temporal del contrato de concesión cuyas funciones será iniciar en forma conjunta con la Provincia una auditoria de la situación técnica jurídica económica y patrimonial de la concesión transferida.
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