“Las normas internacionales que tratan específicamente los derechos sindicales acogen expresamente las especiales características de la actividad y de la funciones realizadas por las fuerzas policiales”, consideró la procuradora Alejandra Gils Carbó y advirtió que en el país “no hay una ley específica” al respecto, en el dictamen no vinculante entregado al máximo tribunal del país.
El Sindicato Policial de Buenos Aires presentó ante el Ministerio de Trabajo la inscripción como entidad gremial representativa de los uniformados, pero el planteo fue rechazada tanto en la instancia administrativa cuanto en la judicial.
La causa llegó a la Corte Suprema, que pidió dictamen a la Procuración, y la jefa de los fiscales consideró que el fallo de la Cámara Laboral, que subrayó que “la fuerza policial no es independiente del Estado sino que lo representa e integra”, debía ser confirmado.
El dictamen no es vinculante, por lo que la Corte no tiene obligación de coincidir, ni tampoco plazo para dictar sentencia.