Política

La Corte rechazó el per saltum y el Gobierno insistirá con un recurso extraordinario

La Corte Suprema de Justicia confirmó que el juez Civil y Comercial federal Horacio Alfonso deberá expedirse sobre la constitucionalidad del artículo 161 de la Ley de Medios, al rechazar el per saltum presentado por el Gobierno nacional para que resuelva la extensión de la medida cautelar dispuesta a favor del Grupo Clarín, que mantiene suspendida la aplicación de la norma.

La medida cautelar interpuesta por Clarín frena la aplicación del artículo 161 de la norma, que obliga a los licenciatarios a desprenderse de las que excedan el cupo de 24 permitido en cable y las 10 en canales de aire.

 

A fines de noviembre, la propia Corte ordenó al juez Alfonso, que trabaja en el amparo del Grupo Clarín contra la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios, dictar una “sentencia definitiva de inmediato” y, al mismo tiempo, no hizo lugar al planteo para extender la medida cautelar más allá del 7 de diciembre, aunque el jueves pasado la Sala de la Cámara Civil y Comercial extendió el amparo que beneficia al multimedio.

 

Tras esta decisión de la Corte, el juez Alfonso deberá decidir sobre la denominada “cuestión de fondo” de la constitucionalidad o no del artículo en cuestión.

 

Por su parte, el Gobierno insistirá y presentará un recurso extraordinario ante la Cámara en lo Civil y Comercial para que la Corte Suprema de Justicia intervenga y declare nula la prórroga de la medida cautelar.

 

César Montes de Oca, uno de los popes de la CGT local; Romina Montes de Oca, viceintendenta y referencia sindical; Luciano di Nápoli, intendente de la capital de La Pampa.
Juan Pablo Poletti recibe críticas de propios y extraños por la obra pública.

También te puede interesar