La medida cautelar interpuesta por Clarín frena la aplicación del artículo 161 de la norma, que obliga a los licenciatarios a desprenderse de las que excedan el cupo de 24 permitido en cable y las 10 en canales de aire.
A fines de noviembre, la propia Corte ordenó al juez Alfonso, que trabaja en el amparo del Grupo Clarín contra la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios, dictar una “sentencia definitiva de inmediato” y, al mismo tiempo, no hizo lugar al planteo para extender la medida cautelar más allá del 7 de diciembre, aunque el jueves pasado la Sala de la Cámara Civil y Comercial extendió el amparo que beneficia al multimedio.
Tras esta decisión de la Corte, el juez Alfonso deberá decidir sobre la denominada “cuestión de fondo” de la constitucionalidad o no del artículo en cuestión.
Por su parte, el Gobierno insistirá y presentará un recurso extraordinario ante la Cámara en lo Civil y Comercial para que la Corte Suprema de Justicia intervenga y declare nula la prórroga de la medida cautelar.