Procesan a tres hombres por campaña de intimidación contra la periodista Julia Mengolini
Están acusados por el delito de amenazas coactivas. El juez Casanello ordenó además embargos por casi $50 millones para cada uno y restricciones de acercamiento.
La Justicia Federal avanzó contra tres hombres acusados de integrar una campaña de amenazas y hostigamiento contra la periodista Julia Mengolini. El juez Sebastián Casanello los procesó sin prisión preventiva por el delito de amenazas coactivas y dispuso una serie de medidas restrictivas mientras continúa la investigación.
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La resolución judicial alcanza a Ignacio Nahuel Orona, Aarón Tomás Espíndola y Carlos Alberto Eguez, quienes fueron vinculados con distintos mensajes intimidatorios enviados a Mengolini a través de Instagram. Según la investigación, las amenazas buscaron amedrentar a la periodista y condicionar el ejercicio de su actividad profesional.
El caso comenzó a partir de una denuncia presentada por Mengolini en julio de 2025, después de una serie de episodios de hostigamiento, amenazas y violencia digital. La investigación también incorporó la difusión de un falso video de contenido sexual generado mediante inteligencia artificial, en el marco de los ataques dirigidos contra la comunicadora.
Amenazas de muerte y referencias a su entorno
Uno de los acusados, Ignacio Nahuel Orona, fue señalado por una sucesión de mensajes enviados durante julio de 2025 en los que amenazaba a Mengolini con secuestrarla, matarla y dispararle, además de advertir sobre posibles ataques contra integrantes de su familia.
Aarón Tomás Espíndola, por su parte, quedó involucrado por otro mensaje que incluía una amenaza de muerte y referencias a la familia de la periodista. Para el juez, el hecho de que la comunicación se realizara desde una cuenta anónima incrementó el efecto intimidatorio de las amenazas.
El tercer acusado, Carlos Alberto Eguez, fue identificado a partir de una investigación informática que permitió vincular su cuenta con registros telefónicos, direcciones IP y otros datos. En uno de los episodios investigados publicó una referencia al domicilio laboral de Mengolini: “Medrano al 700, ¿verdad?”.
Para Casanello, esa referencia no constituyó un simple comentario en redes sociales, sino que reforzó el carácter intimidatorio de las amenazas al transmitirle a la periodista que quien la hostigaba conocía el lugar donde desarrollaba su actividad profesional.
Una campaña para disciplinar a una periodista
El avance judicial se conoce después de más de un año de hostigamiento contra Mengolini. En un posteo publicado este viernes, El Grito del Sur describió el episodio como una campaña que buscó “intimidarla y disciplinarla por su voz pública”.
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El medio puso así el caso en el marco de una problemática más amplia: las formas de violencia y amedrentamiento que enfrentan las mujeres periodistas cuando sus intervenciones públicas adquieren visibilidad.
La causa también incorporó una perspectiva de género. Según la investigación judicial, los mensajes tuvieron un contenido misógino y sexista y estuvieron dirigidos a degradar y disciplinar a Mengolini en su condición de mujer y periodista. La titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), Mariela Labozzetta, señaló que las expresiones buscaban “degradar, humillar y disciplinar” a la comunicadora por su exposición pública.
Embargos y restricciones
Además del procesamiento, Casanello ordenó embargar los bienes de los tres acusados por $49.735.721,40 a cada uno.
Los imputados continuarán el proceso en libertad, ya que el magistrado no encontró elementos suficientes para considerar que existiera riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación. Sin embargo, deberán cumplir distintas medidas: no podrán salir del país sin autorización judicial, deberán informar cualquier cambio de domicilio y tienen prohibido acercarse a Mengolini, a sus familiares y a los lugares donde desarrolla habitualmente sus actividades.
El fallo consideró que los mensajes investigados excedieron los límites de una expresión ofensiva en redes sociales y reunieron las características necesarias para configurar amenazas coactivas: fueron consideradas concretas, graves, posibles y capaces de generar temor y condicionar el ejercicio de la actividad periodística.
El procesamiento constituye un avance judicial frente a una modalidad de violencia que, como plantea El Grito del Sur, busca no solamente atacar a una persona sino también disciplinar la expresión pública de mujeres periodistas.