ES LA SOBERANÍA

Perez levantó la agenda de Malvinas tras el fallo de la Justicia de Río Grande que frenó el proyecto Sea Lion

La jueza Borruto ordenó suspender las actividades vinculadas al proyecto petrolero de Rockhopper y Navitas.

La medida alcanza a la británica Rockhopper Exploration PLC y a la israelita Navitas Petroleum Development and Production Limited y dispone que, “en cuanto de ellas dependa”, se abstengan de iniciar, continuar o ejecutar actos materiales vinculados con la perforación del lecho o subsuelo marino, la instalación de infraestructura submarina, conductos y sistemas de fondeo, y la puesta en funcionamiento de unidades flotantes destinadas a la producción y almacenamiento de hidrocarburos.

La resolución tiene carácter cautelar y, por lo tanto, no constituye una sentencia definitiva. Sin embargo, frena cualquier actividad hasta que se tramite ante la autoridad ambiental nacional competente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

“Malvinas también se defiende así”

“Es una decisión importante”, expresó Perez que respaldó la decisión de Borruto y destacó el rol del municipio que se incorporó formalmente a la causa. El intendente señaló que la resolución sostiene que las actividades hidrocarburíferas desarrolladas sobre la plataforma continental argentina están sometidas a las leyes nacionales y requieren la intervención de las autoridades argentinas.

El intendente planteó que la cuestión de Malvinas también involucra la defensa de los recursos naturales y del ambiente, además del reclamo diplomático por la soberanía. “Desde Río Grande nos presentamos como parte interesada en esta causa porque Malvinas también se defiende así”, sostuvo el titular del municipio que busca sumar a representantes de otros ciudades coteras a la cruzada.

Para el intendente, la participación del municipio continuará más allá de la resolución cautelar. “Río Grande tiene una responsabilidad en esta discusión y la vamos a ejercer. Vamos a defender nuestros derechos en cada ámbito donde sea necesario”, sostuvo.

El reclamo a Javier Milei por la falta de evaluación ambiental

Uno de los elementos centrales considerados por Borruto fue un informe de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Nación, fechado el 24 de febrero de 2026. Según ese documento, no se había iniciado ningún aviso de proyecto ni procedimiento de evaluación de impacto ambiental respecto de las empresas demandadas. Para la jueza, ese informe permitió tener por acreditada, en esta instancia cautelar, la ausencia del procedimiento ambiental previo que exige la legislación argentina.

La magistrada también tomó en consideración las disposiciones de la Ley 26.659, que establece condiciones para la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina y contempla sanciones para quienes desarrollen esas actividades sin autorización de las autoridades nacionales.

En el caso de Rockhopper, Borruto incorporó además como antecedente distintas actuaciones administrativas que habían declarado ilegales y clandestinas actividades de la compañía en la plataforma continental argentina y dispuesto su inhabilitación.

El antecedente que recupera la jueza se remonta a 2015. En abril de ese año, el Gobierno de Cristina Kirchner presentó una denuncia penal contra seis empresas petroleras -entre ellas Rockhopper- por actividades de exploración de hidrocarburos en la plataforma continental argentina, en las inmediaciones de las Islas Malvinas, sin autorización de la Secretaría de Energía. La investigación quedó radicada en la Justicia Federal de Río Grande y derivó en embargos por U$S 156.432.000 sobre bienes y activos de las empresas involucradas.

El antecedente había tenido, además, un capítulo previo en Tierra del Fuego. En marzo de 2015, la Legislatura expresó su rechazo a las actividades unilaterales vinculadas con la exploración y extracción de hidrocarburos en las Islas Malvinas y sus espacios circundantes y remitió la declaración a la Cancillería.

En este sentido, sectores de la política fueguina destacan que dicha declaración fue utilizado como antecedente en las acciones que desembocaron en la denuncia penal contra las petroleras.

El avance del proyecto y el peligro en la demora

Borruto también consideró acreditado el requisito del peligro en la demora debido al estado de avance del emprendimiento. La cautelar, sin embargo, no hizo lugar a todos los pedidos formulados por las organizaciones demandantes. Borruto postergó el pedido para prohibir de manera general nuevos contratos de financiación, desembolsos, pagos y transferencias vinculados con el proyecto, al considerar que una restricción de esa amplitud podía alcanzar bienes, operaciones y terceros que todavía no estaban suficientemente individualizados.

En cambio, ordenó a Rockhopper y Navitas informar el estado actual del proyecto, su cronograma, pozos, unidades flotantes, contratistas, estructura societaria, fuentes de financiamiento, aseguradoras, estudios ambientales y planes de contingencia, entre otros datos. Además, dispuso preservar toda la documentación relacionada con el emprendimiento y requirió información a la autoridad ambiental nacional, la Secretaría de Energía y la Cancillería sobre las autorizaciones, antecedentes administrativos y sanciones vinculadas con las empresas y el proyecto.

Con esa información y luego de que intervengan las compañías demandadas, el juzgado deberá volver a evaluar la medida para determinar si corresponde mantenerla, modificarla, ampliarla o levantarla.

El algoritmo del odio: cómo las redes sociales convirtieron a Lionel Messi y a la Selección en villanos
El consorcio VMOS contrató a dos empresas que prestaron servicios en Malvinas

Las Más Leídas

También te puede interesar