CORRUPCIÓN EN LA ERA MILEI

ADEPA rechazó el fallo judicial que impide a los medios la difusión de audios de Karina Milei

Según la entidad periodística, el fallo que impide difundir audios de El Jefe vulnera garantías constitucionales y estándares internacionales.

"Es un nuevo ejemplo de esas órdenes estatales que limitan de modo ilegítimo las libertades de expresión y de prensa", sostuvo en un comunicado la entidad periodística y recordó los acuerdos internacionales en torno al tema y el artículo 14 de la Constitución Nacional.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene resuelto que, con la sola excepción de la protección de la infancia y la adolescencia, cualquier medida preventiva que limite la circulación de información constituye un menoscabo de la libertad de pensamiento y de expresión.

"La publicación de informaciones solo puede dar lugar a responsabilidades ulteriores y el Gobierno puede promover la investigación y sanción de los delitos que puedan haber dado lugar a la grabación de los audios, del mismo modo que puede procurar la sanción de cualquier funcionario que haya violado sus deberes de secreto", apuntó ADEPA.

Además, el organismo señaló que las prohibiciones preventivas como la resuelta por Maraniello son contrarias al artículo 14 de la Constitución Nacional y afectan el derecho de la ciudadanía a informarse y conocer hechos de relevancia pública que pueden, o no, influir en la formación de la opinión pública.

El fallo completo del juez Patricio Maraniello tras la denuncia de Karina Milei

CAUTELAR AUDIOS KARINA Milei

Karina Milei, con Manuel Adorni y Sebastián Pareja. 
Karina Milei y Manuel Adorni.

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