OPINIÓN

Reforma electoral: ¿Santa Fe rumbo al podio de las restricciones a la participación democrática?

A la luz de los proyectos que tienen estado parlamentario, el sistema electoral de la bota podría caer en un esquema de exclusión de las minorías.

Del 3% del padrón electoral actual (es decir, de los que votan y los que no votan) se propone un 5%, aunque probablemente y salomónicamente se acuerde imponer un 4% del padrón. Si esto sucediese, Santa Fe se ubicaría en el “podio” de las restricciones democráticas en el derecho público provincial.

Santa Fe, al podio de las restricciones democráticas

Si se aprobase como piso el 5% del padrón, Santa Fe igualaría a la única provincia argentina que tiene ese umbral electoral: Jujuy. Si, por el contrario, se acordase establecer un 4% del padrón, la Bota se ubicaría en el segundo lugar entre las provincias que imponen las mayores barreras para la distribución de cargos en sus legislaturas.

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Esto significaría que sobre un padrón (por la reforma constitucional se incorporarán los extranjeros) que holgadamente superará los 2.900.000 electores, el 5% del padrón significaría que se necesitarían más de 145.000 votos para entrar al reparto de asignación de cargos, y más de 116.000 votos si se aplicase sobre el 4% del padrón.

Traduciendo esas exigencias a las últimas elecciones en Santa Fe -la de convencionales reformadores en las que votó el 55% del padrón- con el 4% de los votos no hubiera ingresado ningún representante del Frente para la Esperanza, de decisiva presencia para el oficialismo provincial, y si se hubiese aplicado el 5% del padrón tampoco hubiera ingresado representante alguno del frente Activemos, una de las variantes que presentó el peronismo en la Convención.

Entre los varios proyectos de reforma electoral presentados, todos, aún con variantes, admiten una barrera electoral para avanzar de las PASO a las generales. Las diferencias surgen en el umbral para la asignación de cargos en las elecciones generales. El radicalismo (Unidos - Maximiliano Pullaro) y el justicialismo en el Senado, propician elevar el piso al 5% del padrón.

A su vez, un proyecto del PJ en Diputados propone el 3,5% del padrón, mientras que el socialismo plantea mantener el 3% del padrón y el PRO el 4%, pero de los votos afirmativos válidamente emitidos. Cabe recordar que estos dos últimos partidos integran el gobernante frente Unidos para Cambiar Santa Fe. Finalmente, el Frente Amplio por la Soberanía entiende que, superado el umbral de las PASO, no debe haber piso electoral alguno para la asignación de cargos en la elección general.

La reforma constitucional y las nuevas reglas electorales

La reciente reforma de la Constitución de Santa Fe produce un cambio sustancial en la fórmula electoral para la representación en la Cámara de Diputados: se establece el sistema proporcional (art. 67). Se abandona así el modelo de la Constitución de 1962 que imponía “mayorías automáticas” o relativas: de 50 miembros, el ganador obtenía 28 bancas y las minorías se repartían las 22 restantes distribuidas por el sistema proporcional D’Hondt.

Es de la esencia de todo sistema proporcional que debe existir la mayor concordancia posible entre los votos obtenidos y las bancas adjudicadas, asegurando el pluralismo, la representación y el acceso de las minorías. Más aún, en este sistema, los votos de esas minorías cuentan, como dice el gran politólogo Dieter Nohlen, los votos de los candidatos derrotados valen en tanto luchan por el valor de cada uno ya que eso significa obtener determinadas bancas o escaños.

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Frente al claro principio constitucional de la proporcionalidad se intenta – a nuestro juicio- limitarlo legislativamente mediante varios dispositivos. En este texto desarrollaremos dos de ellos: elevando el porcentaje de los umbrales electorales y modificando el diseño de la Boleta Única de Papel por categoría (BUP) que rige hasta ahora.

La gobernabilidad como justificativo

El aumento de los pisos electorales es justificado en el altar de “garantizar la gobernabilidad”, evitar el fraccionalismo y permitir gobernar al Poder Ejecutivo.

Primero: la gobernabilidad ha sido invocada con razón en los sistemas parlamentarios: el gobierno y el primer ministro surgen del parlamento y, por tanto, el fraccionalismo excesivo impide formar gobierno y provoca inestabilidad en el sistema político. En Argentina, no obstante, tenemos un sistema presidencialista y, como señala la mayoría de la doctrina, es hiperpresidencialista, esquema que suele reproducirse a nivel provincial con gobernadores que concentran mucho poder: político, mediático y hasta judicial, configurando lo que los politólogos llaman un sistema de “cancha inclinada”.

Sólo Jujuy exige el 5% del padrón como barrera de representación. Luego, hay un grupo de provincias entre las que se encuentran Santa Fe, Mendoza y Catamarca, entre otras, que mantienen el 3% del padrón.

A partir de allí, todas las provincias tienen pisos menores o inexistentes. Ocho tienen umbrales sobre los votos válidos emitidos (que van del 5% al 2%) y varias de ellas con sistema proporcional incluido (como ahora en Santa Fe), como Río Negro, Salta, Tierra del Fuego, Neuquén, Santiago del Estero, entre otras. Y luego hay nueve que no tienen directamente pisos electorales, pero sí proporcionalidad, como Chaco, Misiones y Tucumán. Aparte quedan Entre Ríos y Buenos Aires (sistema Hare) que, aunque no tienen umbrales, poseen un sistema de cociente que puede elevar el piso.

Cabe aquí preguntarse: ¿cuántas de estas provincias que tienen barreras electorales menores al 3% del padrón o no tienen umbral alguno, (inclusive con sistema proporcional) han sufrido problemas de “gobernabilidad”? La respuesta es: ninguna. En consecuencia, ¿por qué Santa Fe sí debería tenerlos?

El discurso de la “gobernabilidad” como justificativo se construye más como una elucubración o predicción teórica que como evidencia anclada en la realidad política de las provincias argentinas.

Los efectos (no) democráticos de los umbrales electorales elevados

“La intención o función de los umbrales o barreras electorales es excluir del parlamento a los pequeños partidos políticos y promover la concentración del sistema de partidos a través del voto”. (Dieter Nohlen: “Elecciones y sistemas electorales”, Nueva Sociedad, 1995, pág. 80). Esta precisa y contundente definición del politólogo alemán no hace más que confirmar lo que ocurre en la provincia de Jujuy, que tiene el 5% de umbral electoral: exclusión de las minorías y concentración del sistema político partidario en pocas manos.

Sobre el tema, el escritor y académico Santiago Jorge escribió un libro titulado “El piso electoral en la Provincia de Jujuy. ¿Inconstitucional? ¿Antidemocrático?”, donde estudia el caso profundamente y analiza el impacto de la aplicación de esa elevada barrera establecida en un Código Electoral que data de 1985 y que han mantenido todos los gobiernos de esa provincia.

La investigación demuestra empíricamente que el piso del 5% del padrón produce sobre-representación de las mayorías y concentración de partidos o frentes. Por ejemplo, en las elecciones de convencionales de 2023, sólo obtuvieron representación tres frentes electorales y en las elecciones de 2021, en la categoría diputados provinciales sólo dos frentes obtuvieron bancas: Cambia Jujuy y Frente de Todos-PJ. A su vez, en esa elección quedó más del 40,79% de los votos sin representación porque no superaron el piso electoral y donde el partido de gobierno, con el 27% de los votos, obtuvo el 75% de las bancas.

Se impone la pregunta: ¿es este esquema de exclusión de las minorías y de concentración del sistema de partidos el modelo elegido para Santa Fe?

Por fin, existe otro impacto negativo que afecta la democracia representativa: la desproporción entre el porcentaje de votos y bancas obtenidas afecta un principio ratificado por la Constitución santafesina de 2025: la igualdad del sufragio. Si los votos de las minorías no “valen” y por tanto son subvalorados al ser excluidos por una norma restrictiva, el efecto de un piso electoral muy alto sostiene el citado profesor Jorge, amén de su contrariedad con la proporcionalidad del sistema, vulnera el principio del sufragio igual, traducido habitualmente como “una persona, un voto”.

¿Un nuevo diseño de boleta única para Santa Fe?

La Boleta Única tiene como función, por un lado, permitir el acceso al sufragio de forma transparente e íntegra para asegurar el derecho constitucional a elegir y ser elegido y, por otro, garantizar la equidad en la competencia electoral. Punto. No debemos pedirle más, ni exigirle que se convierta en un instrumento que corrija otras dimensiones del sistema electoral.

La BUP por categoría, que es el diseño elegido por Santa Fe, ha aumentado el poder de autonomía del elector para decidir y después de 15 años desde su sanción, los ciudadanos han valorado el instrumento de votación por su simplicidad, por la rapidez al momento de votar y, especialmente, por la confianza que brinda al contabilizar los votos dando legitimidad al sistema.

Toda reforma política y electoral responde a ciertas preguntas que están implícitas: ¿Por qué se quiere reformar? Dicho de otro modo, ¿qué es lo no funciona bien en la BUP en Santa Fe que justifique su modificación?

Mayormente, las iniciativas parlamentarias proponen mantener las cinco categorías para las PASO, pero los proyectos mayoritarios propician restringirlas a dos o tres para las elecciones generales. Es decir, ante la eventualidad del efecto del “voto cruzado” se pretende utilizar el efecto “arrastre” en las generales. Concretamente, introducir mini-boletas sábanas horizontales donde los ejecutivos (el gobernador a diputados y eventualmente también a senadores y el intendente a los concejales) arrastren a las categorías menores.

Veamos los principales argumentos esgrimidos para esta reforma, descartando analizar por inconsistentes y antidemocráticos, los que aluden a la “reducción del gasto político”.

El primero es, de nuevo, facilitar la “gobernabilidad” ante la posibilidad de que los ejecutivos no consigan mayorías propias. La evidencia no ha demostrado que la aplicación de la BUP por categoría haya vuelto ingobernables a los ejecutivos cuando no tuvieron cámaras legislativas afines en Santa Fe. Una cosa es ingobernabilidad y otra incomodidad por no tener todo el poder legislativo a favor. Claro, sería mejor para los gobiernos no tener minorías críticas, pero ocurre que de eso se trata la democracia: la regla de la mayoría y el respeto a las minorías que pueden llegar en algún momento a ser mayorías.

Desde su implementación, la Boleta Única de Papel fue utilizada en cuatro oportunidades (2011, 2015, 2019 y 2023) y dos veces los Ejecutivos estuvieron en minoría en la Cámara de Diputados, durante los gobiernos de Antonio Bonfatti y Omar Perotti.

Sí alcanzaron mayoría los gobiernos de Miguel Lifschitz y de Pullaro. Del mismo modo ocurrió en el Senado: en dos oportunidades los gobernadores no alcanzaron mayoría (Bonfatti y Lifschitz), pero si la obtuvieron Perotti y Pullaro. En consecuencia, no puede afirmarse que exista un sesgo o tendencia que sostenga la afirmación a priori de que la BUP condene siempre a tener un gobierno dividido.

El Senado de la provincia (no modificado en la reforma de 2025) estuvo desde el año 1987 hasta 2023 invariablemente dominado por una mayoría del Partido Justicialista, es decir que siempre iba a haber “gobierno dividido” si en el Ejecutivo triunfaba un partido o frente de otro color político, más allá del sistema de nominación de las candidaturas o el instrumento de votación adoptado.

Exgobernador de Santa Fe Hermes Binner

Exgobernador de Santa Fe Hermes Binner

Así le ocurrió a Hermes Binner: se encontró con un “gobierno dividido” cuando ganó las elecciones en 2007 (no tuvo el Senado a su favor) pese a que no se votaba con BUP sino con boleta partidaria. Por eso, compartimos lo que alguna vez dijo sobre el sistema santafesino la politóloga Ana María Mustapic: “Más que a efectos de la boleta única, este fenómeno obedece a la presencia de un votante selectivo, que da lugar a un gobierno dividido independientemente del tipo de boleta que se utilice”. El tema es si procuramos seguir respetando la voluntad popular o si queremos condicionarla a través de la modificación del diseño del instrumento de votación.

El segundo argumento justificatorio de la modificación del diseño de la BUP parte de la premisa de que integrando las boletas para que los ejecutivos “arrastren” a los legislativos se favorece la identificación partidaria y se privilegia el voto a proyectos políticos integrales. Sin embargo, esa justificación podría tener sustento si se optase por un diseño de boleta única como en Córdoba o Mendoza, donde toda la oferta electoral aparece en una sola boleta e inclusive con la opción de un casillero para votar la lista completa en todas las categorías.

No obstante, en Santa Fe distintos proyectos propician para las elecciones generales -y parece haber consenso para ello- que pueda votarse con dos o tres boletas únicas: una con la candidatura a gobernador unida a diputados y senador u otra a senador en forma independiente y la tercera a Intendente unida a la de concejales.

Entonces, ¿hay proyecto político común o no? Porque si de ello se tratase -y es razonable que así sea- ¿cómo se explica el fraccionamiento propuesto “a medida” para las elecciones generales? ¿Los senadores de cada departamento tendrán “su propio proyecto político identitario” que podría ir separado de la boleta a gobernador? Igual razonamiento surge para los intendentes y concejales que irían en boletas separadas de las otras categorías.

Si el argumento en el último caso fuere que se está en presencia de dos elecciones distintas, una provincial y otra local, entonces debería permitirse votar también en fechas separadas (como entre la Nación y provincias), pero la Constitución lo imposibilita: las elecciones de autoridades municipales se realizarán en forma conjunta con las de autoridades provinciales (art. 155, inc, 7). Ergo, privilegiamos el “proyecto político identitario” siempre y se adopta para ello una sola boleta única para todas las categorías o admitimos discrecionalmente (¿para la próxima elección?) que podemos fraccionar el “proyecto político identitario” para algunos cargos y mantenerlo para otros. Lo que no es posible sostener los dos argumentos a la vez, suena a oxímoron.

¿Gobernabilidad o aspiraciones hegemónicas?

La desafección ciudadana con la política, los partidos y las instituciones democráticas no se soluciona restringiendo la participación, sino haciendo todo lo contrario, abriendo sus puertas para el involucramiento cívico. Las modificaciones a la BUP y el aumento de los umbrales electorales no van en esa dirección democratizadora que se exige. El aumento desproporcionado de las barreras afectará a la democracia santafesina: grandes sectores quedarán sin representación y ello alimentará el escepticismo, el apoliticismo y el tan temido abstencionismo electoral.

La falsa dicotomía entre gobernabilidad y pluralismo termina encubriendo otra discusión: si se quiere una Legislatura que exprese la diversidad de voces que ha caracterizado la política santafesina o se prefiere la concentración en grandes frentes electorales excluyendo a las minorías y, como vimos el caso de Jujuy, alentando una polarización tan paralizante como negativa. Este esquema impide que las opciones críticas se manifiesten según sus votos y se materialice el necesario control republicano y los límites al poder.

Modificar las reglas electorales elevando los umbrales electorales, modificando la BUP según criterios de discrecionalidad, obligando a llevar listas con candidatos a gobernador para presentar listas de diputados o pretender incorporar dispositivos no escritos en los proyectos, pero discutidos en la arena política, como incorporar especie de “listas colectoras” que permitan al candidato a gobernador tener varias opciones partidarias a vice en una misma boleta única (cuestión de dudosa constitucionalidad), no parecen estar dirigidas solamente a lograr “gobernabilidad”, sino que explican, quizá, aspiraciones hegemónicas a contra mano de una tradición institucional democrática, pluralista y republicana que siempre tuvo Santa Fe. Evitemos ese camino. Todavía estamos a tiempo.

La boleta única de Santa Fe sufrirá modificaciones de fondo con la reforma electoral.
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